Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063029)
Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio interadministrativo entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Cáceres para la concesión de una subvención destinada a la financiación y ejecución de un proyecto de inversión (construcción de dos aparcamientos disuasorios) en esta localidad, en el marco del Plan Español de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado con fondos procedentes del Instrumento de Recuperación de la Unión Europea.
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NÚMERO 207

51920

Jueves 27 de octubre de 2022

b) El acuerdo unánime de las partes firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno
de los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte
incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las
obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será
comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la
ejecución del convenio. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera
el incumplimiento, se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por
esta causa conllevará la indemnización de los perjuicios causados.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
4. Efectos de la resolución. La resolución del convenio dará lugar a su liquidación con el objeto
de determinar las obligaciones y compromisos de cada una de las partes.
Si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio existen actuaciones
en curso de ejecución, las partes, a propuesta de la comisión de seguimiento, vigilancia y
control del convenio, podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en
curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización,
transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas.
En otro caso, extinguido el plazo de vigencia del presente convenio, o producida, por otra
causa, su resolución, sin que se haya materializado totalmente la ejecución del proyecto de
inversión, el Ayuntamiento reintegrará a la Consejería las cantidades que hubiere percibido
de esta, sin que proceda subsiguiente aportación financiera autonómica alguna por dicho
concepto.
Y para que así conste, firman el presente documento en el lugar y fecha que figura en el
encabezamiento.
La Directora General de Transportes,

El Alcalde-Presidente,

EVA Mª SÁNCHEZ-MONTERO VELASCO

LUIS SALAYA JULIÁN