Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022063029)
Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio interadministrativo entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Cáceres para la concesión de una subvención destinada a la financiación y ejecución de un proyecto de inversión (construcción de dos aparcamientos disuasorios) en esta localidad, en el marco del Plan Español de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado con fondos procedentes del Instrumento de Recuperación de la Unión Europea.
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NÚMERO 207
Jueves 27 de octubre de 2022

51918

2. 
Se constituirá una Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control, compuesta por una
representación de la Consejería y otra del Ayuntamiento, que asumirá la función de resolver
los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse en relación con la
aplicación del convenio.
Actuarán en representación de la Consejería la persona titular de la Dirección General de
Transportes, o personal funcionario en quien delegue, y el personal técnico competente de
su adscripción; y, en representación del Ayuntamiento, la persona titular de la Alcaldía, o
personal funcionario en quien delegue, y el personal técnico competente de su adscripción,
con intervención en el objeto propio del convenio.
La Comisión estará presidida por la persona titular de la Dirección General de Transportes,
y se reunirá cuando lo solicite alguna de las partes.
En cuanto a su funcionamiento, el régimen de la Comisión se ajustará a las normas contenidas
en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Decimosexta. Modificación del convenio.
La modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de las partes firmantes
y se formalizará mediante una adenda al mismo.
Decimoséptima. Medidas de información, comunicación y publicidad de la inversión.
1. El Ayuntamiento cumplirá, en el momento de la ejecución de la inversión objeto del presente
convenio, las reglas de información, comunicación y publicidad de las inversiones financiadas
por la Unión Europea que se contienen en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de
29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
2. Toda referencia a la actuación objeto de la ayuda del presente convenio en publicaciones,
actividades de difusión, páginas web y, en general, en cualesquiera medios de difusión,
debe cumplir con los requisitos que figuren en el Manual de Marca del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, o en el Manual que sea aprobado por el Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Sin perjuicio de lo anterior, deberá figurar en
todo caso la referencia a la financiación de la actuación mediante fondos del citado Plan y
a su gestión por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en los términos
previstos en el artículo 18.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
3. Con independencia de la publicidad de la subvención en el Portal de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma y en el Diario Oficial de Extremadura, la concesión se publicará, en