Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Acción Cinegética. Ayudas. (2022062934)
Resolución de 7 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas a la gestión de subproductos animales no destinados al consumo humano (SANDACH), vinculadas a las acciones cinegéticas de caza mayor colectiva llevadas a cabo en cotos cuyo titular sea una Sociedad Local de Cazadores y Cazadoras en la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondientes al ejercicio 2023.
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NÚMERO 205
Martes 25 de octubre de 2022
51450
2. No obstante lo anterior, no será preciso establecer un orden de prelación entre las solici
tudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos, para el caso de que el crédito
consignado en la convocatoria fuera suficiente, atendiendo al número de solicitudes una
vez finalizado el plazo de presentación.
3. E
sta resolución, junto con su extracto, será publicada en el Diario Oficial de Extremadura,
en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Portal de
Transparencia de la Junta de Extremadura, de conformidad con lo establecido en el artículo
11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo del Gobierno Abierto de Extremadura.
Octavo. Ordenación, instrucción y resolución.
1. El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento es el Servicio de
Calidad Agropecuaria y Alimentaria de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, que
realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conoci
miento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba dictarse la propuesta de
resolución y garantizar el cumplimiento de los requisitos exigidos.
2. Se constituirá una Comisión de Valoración que, una vez instruido el procedimiento, valorará
las solicitudes y emitirá informe al órgano instructor que será vinculante, para que éste
formule la correspondiente propuesta de resolución que deberá expresar la solicitante o la
relación de solicitantes para las que se propone la concesión de la subvención, y su cuantía,
especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla.
La Comisión de Valoración estará integrada por:
— La persona responsable de la Sección de Incentivos Comerciales que ocupará la presidencia o personal funcionario que se designe por la Dirección General como suplente.
— Vocales: Dos funcionarios o funcionarias de la Dirección General de Agricultura y Gana
dería, de la que una asumirá la Secretaría, con la titulación en Ingeniería Técnica Agrí
cola, o personal funcionario que se designe por la Dirección General como suplentes.
3. Se garantiza la representación equilibrada de hombres y mujeres en la composición de la Comisión de Valoración conforme al artículo 29 de la Ley 8/2011, de 23 de marzo de Igualdad
entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura, siendo este mismo
criterio de representación para la designación en casos de suplencia. La composición definitiva de la Comisión deberá publicarse con anterioridad a su constitución, a través de internet
en el portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio,
http://www.juntaex.es/con03/ayudas-a-los-regimenes-de-calidad-de-los-productos-agricolas-y-alimenticios
Martes 25 de octubre de 2022
51450
2. No obstante lo anterior, no será preciso establecer un orden de prelación entre las solici
tudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos, para el caso de que el crédito
consignado en la convocatoria fuera suficiente, atendiendo al número de solicitudes una
vez finalizado el plazo de presentación.
3. E
sta resolución, junto con su extracto, será publicada en el Diario Oficial de Extremadura,
en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Portal de
Transparencia de la Junta de Extremadura, de conformidad con lo establecido en el artículo
11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo del Gobierno Abierto de Extremadura.
Octavo. Ordenación, instrucción y resolución.
1. El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento es el Servicio de
Calidad Agropecuaria y Alimentaria de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, que
realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conoci
miento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba dictarse la propuesta de
resolución y garantizar el cumplimiento de los requisitos exigidos.
2. Se constituirá una Comisión de Valoración que, una vez instruido el procedimiento, valorará
las solicitudes y emitirá informe al órgano instructor que será vinculante, para que éste
formule la correspondiente propuesta de resolución que deberá expresar la solicitante o la
relación de solicitantes para las que se propone la concesión de la subvención, y su cuantía,
especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla.
La Comisión de Valoración estará integrada por:
— La persona responsable de la Sección de Incentivos Comerciales que ocupará la presidencia o personal funcionario que se designe por la Dirección General como suplente.
— Vocales: Dos funcionarios o funcionarias de la Dirección General de Agricultura y Gana
dería, de la que una asumirá la Secretaría, con la titulación en Ingeniería Técnica Agrí
cola, o personal funcionario que se designe por la Dirección General como suplentes.
3. Se garantiza la representación equilibrada de hombres y mujeres en la composición de la Comisión de Valoración conforme al artículo 29 de la Ley 8/2011, de 23 de marzo de Igualdad
entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura, siendo este mismo
criterio de representación para la designación en casos de suplencia. La composición definitiva de la Comisión deberá publicarse con anterioridad a su constitución, a través de internet
en el portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio,
http://www.juntaex.es/con03/ayudas-a-los-regimenes-de-calidad-de-los-productos-agricolas-y-alimenticios