Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063106)
Resolución de 14 de octubre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de una planta de biomasa de 49,9 MWe, promovida por Desarrollos Renovables y Solares, SLU, en el término municipal de Logrosán (Cáceres). Expte.: IA19/0492.
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NÚMERO 204
Lunes 24 de octubre de 2022
51216
húmedo. Así mismo, las cenizas volantes retiradas en el sistema de filtrado de gases (filtro
de mangas) serán recolectadas por un sistema de recogida, transporte y almacenamiento
de cenizas volantes.
Para conseguir los niveles de emisión de NOx requeridos, se instalará un sistema de tecnología de reducción catalítica no selectiva (SNCR).
La energía mecánica producida en la turbina por el turbinado del vapor se convertirá, con
ayuda del alternador, en energía eléctrica a una tensión de 11 kV.
Junto con todas las instalaciones auxiliares al proceso productivo, el proyecto prevé la
construcción de un punto de captación, bombeo y conducción de agua bruta desde el embalse del Cubilar de unos 4 km.
B) R
esumen del resultado del trámite de información pública y consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas.
B.1. Trámite de información pública.
Conforme a lo establecido en el artículo 125 Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la Dirección
General de Industria, Energía y Minas de la Consejería para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad, como órgano sustantivo para resolver sobre la autorización administrativa
previa sometió al proyecto al trámite de información pública, dando cumplimiento, a su
vez en ese acto administrativo al trámite de información pública de los procedimientos de
Autorización Ambiental Integrada y evaluación de impacto ambiental ordinaria relativa al
proyecto, cuyo órgano sustantivo es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería
para la Transición Ecológica y Sostenibilidad. Todo ello de conformidad con lo establecido
en los artículos 13.4 y 66 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura. El anuncio que se publica en el Diario Oficial de
Extremadura (DOE), número 118, de 19 de junio de 2020.
Con fecha 14 de septiembre de 2021, la promotora aporta documento de modificación del
EsIA por el que se modifica el punto captación de agua bruta para el que se propone del
embalse de Ruecas, en lugar del embalse del Cubilar, tal como se indicó inicialmente. Este
cambio conlleva una modificación en el trazado de la conducción que pasa a ser de 8,4
km aproximadamente. Esta documentación fue remitida a Confederación Hidrográfica del
Guadiana como organismo competente para la concesión de uso del agua.
Dado el cambio en el proyecto original que supone la modificación de la captación y conducción de agua bruta, solicitada con fecha 14 de septiembre de 2021, es necesario pro-
Lunes 24 de octubre de 2022
51216
húmedo. Así mismo, las cenizas volantes retiradas en el sistema de filtrado de gases (filtro
de mangas) serán recolectadas por un sistema de recogida, transporte y almacenamiento
de cenizas volantes.
Para conseguir los niveles de emisión de NOx requeridos, se instalará un sistema de tecnología de reducción catalítica no selectiva (SNCR).
La energía mecánica producida en la turbina por el turbinado del vapor se convertirá, con
ayuda del alternador, en energía eléctrica a una tensión de 11 kV.
Junto con todas las instalaciones auxiliares al proceso productivo, el proyecto prevé la
construcción de un punto de captación, bombeo y conducción de agua bruta desde el embalse del Cubilar de unos 4 km.
B) R
esumen del resultado del trámite de información pública y consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas.
B.1. Trámite de información pública.
Conforme a lo establecido en el artículo 125 Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la Dirección
General de Industria, Energía y Minas de la Consejería para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad, como órgano sustantivo para resolver sobre la autorización administrativa
previa sometió al proyecto al trámite de información pública, dando cumplimiento, a su
vez en ese acto administrativo al trámite de información pública de los procedimientos de
Autorización Ambiental Integrada y evaluación de impacto ambiental ordinaria relativa al
proyecto, cuyo órgano sustantivo es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería
para la Transición Ecológica y Sostenibilidad. Todo ello de conformidad con lo establecido
en los artículos 13.4 y 66 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura. El anuncio que se publica en el Diario Oficial de
Extremadura (DOE), número 118, de 19 de junio de 2020.
Con fecha 14 de septiembre de 2021, la promotora aporta documento de modificación del
EsIA por el que se modifica el punto captación de agua bruta para el que se propone del
embalse de Ruecas, en lugar del embalse del Cubilar, tal como se indicó inicialmente. Este
cambio conlleva una modificación en el trazado de la conducción que pasa a ser de 8,4
km aproximadamente. Esta documentación fue remitida a Confederación Hidrográfica del
Guadiana como organismo competente para la concesión de uso del agua.
Dado el cambio en el proyecto original que supone la modificación de la captación y conducción de agua bruta, solicitada con fecha 14 de septiembre de 2021, es necesario pro-