Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062979)
Resolución de 10 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y el Ayuntamiento de Valverde de Burguillos, por el que se concede al Ayuntamiento de Valverde de Burguillos una subvención directa con destino al impulso y apoyo de proyectos singulares que permitan la transformación territorial repercutiendo en la reversión de la despoblación.
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NÚMERO 203
Viernes 21 de octubre de 2022
50945
desarrollo de proyectos que asuman las iniciativas locales, tal y como puede atestiguar
el Ayuntamiento de Valverde de Burguillos en estos últimos años. Además, promueve
que las diferentes administraciones públicas puedan participar asumiendo sus objetivos y
fomentando un trabajo de impulso, seguimiento y evaluación compartida.
VI. L
a concesión de estas subvenciones se efectúa a solicitud del interesado, y así consta
pues con fecha 1 de marzo de 2022 el Ayuntamiento de Valverde de Burguillos presentó
una solicitud de ayuda para acogerse a los créditos, publicitados desde el Ministerio y
canalizados desde la administración autonómica, citados como un proyecto para el impulso
y apoyo de proyectos singulares de transformación territorial y reversión de la despoblación.
Por todo lo expuesto, y conforme a la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, se estima que se encuentra acreditado el interés
y la justificación de la concesión directa al Ayuntamiento de Valverde de Burguillos para
llevar a cabo el proyecto presentado, proponiendo la instrumentación de dicha subvención
mediante convenio.
— Se aprecia que el proyecto presentado por el Ayuntamiento de Valverde de Burguillos
dispone de razones de interés público, social y económico que dificultan la convocatoria
pública de acuerdo con el artículo 22, punto 4.c. de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Asimismo se dan las circunstancias especificadas en el artículo 32, apartado 1, letra b)
de la ley mencionada, teniendo en cuenta el carácter de entidad pública territorial del
beneficiario y la competencia del Ayuntamiento en relación con el objeto del proyecto.
— Se subraya el carácter singular de los proyectos y su valor como experiencias piloto, de
acuerdo con el cometido específico que preconiza el Acuerdo de Conferencia Sectorial,
tanto en sus objetivos como en sus contenidos, incidiendo en su valor inspirador que
además se plantea con una escala de intervención adecuada a la realidad rural.
— Se remarca también el abordaje de Reto Demográfico de manera coordinada y con un
esquema de gobernanza multinivel, compartido entre todos los niveles administrativos
que de manera comprometida buscan el ajuste a sus ámbitos de gestión territorial,
apuntando líneas de trabajo dirigidas a buscar soluciones sostenibles e innovadoras.
— Por otro lado, el apartado 2º del artículo 20 de la Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas
ante el reto demográfico y territorial alude a que se podrán aprobar líneas de ayudas,
mediante el procedimiento de concesión directa, destinadas a financiar específicamente
proyectos que ayuden a afrontar el reto demográfico, en consonancia con la regulación
que para estos fines establezca la Unión Europea y el Estado, y de conformidad con la
disposición adicional primera de la presente ley.
Viernes 21 de octubre de 2022
50945
desarrollo de proyectos que asuman las iniciativas locales, tal y como puede atestiguar
el Ayuntamiento de Valverde de Burguillos en estos últimos años. Además, promueve
que las diferentes administraciones públicas puedan participar asumiendo sus objetivos y
fomentando un trabajo de impulso, seguimiento y evaluación compartida.
VI. L
a concesión de estas subvenciones se efectúa a solicitud del interesado, y así consta
pues con fecha 1 de marzo de 2022 el Ayuntamiento de Valverde de Burguillos presentó
una solicitud de ayuda para acogerse a los créditos, publicitados desde el Ministerio y
canalizados desde la administración autonómica, citados como un proyecto para el impulso
y apoyo de proyectos singulares de transformación territorial y reversión de la despoblación.
Por todo lo expuesto, y conforme a la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, se estima que se encuentra acreditado el interés
y la justificación de la concesión directa al Ayuntamiento de Valverde de Burguillos para
llevar a cabo el proyecto presentado, proponiendo la instrumentación de dicha subvención
mediante convenio.
— Se aprecia que el proyecto presentado por el Ayuntamiento de Valverde de Burguillos
dispone de razones de interés público, social y económico que dificultan la convocatoria
pública de acuerdo con el artículo 22, punto 4.c. de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Asimismo se dan las circunstancias especificadas en el artículo 32, apartado 1, letra b)
de la ley mencionada, teniendo en cuenta el carácter de entidad pública territorial del
beneficiario y la competencia del Ayuntamiento en relación con el objeto del proyecto.
— Se subraya el carácter singular de los proyectos y su valor como experiencias piloto, de
acuerdo con el cometido específico que preconiza el Acuerdo de Conferencia Sectorial,
tanto en sus objetivos como en sus contenidos, incidiendo en su valor inspirador que
además se plantea con una escala de intervención adecuada a la realidad rural.
— Se remarca también el abordaje de Reto Demográfico de manera coordinada y con un
esquema de gobernanza multinivel, compartido entre todos los niveles administrativos
que de manera comprometida buscan el ajuste a sus ámbitos de gestión territorial,
apuntando líneas de trabajo dirigidas a buscar soluciones sostenibles e innovadoras.
— Por otro lado, el apartado 2º del artículo 20 de la Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas
ante el reto demográfico y territorial alude a que se podrán aprobar líneas de ayudas,
mediante el procedimiento de concesión directa, destinadas a financiar específicamente
proyectos que ayuden a afrontar el reto demográfico, en consonancia con la regulación
que para estos fines establezca la Unión Europea y el Estado, y de conformidad con la
disposición adicional primera de la presente ley.