Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Artesanía. Ayudas. (2022080216)
Anuncio de 1 de febrero de 2022 por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas para el relanzamiento y la recuperación de la actividad en los talleres artesanos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 39
Viernes, 25 de febrero de 2022

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ANUNCIO de 1 de febrero de 2022 por el que se da publicidad a las
subvenciones concedidas para el relanzamiento y la recuperación de
la actividad en los talleres artesanos de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. (2022080216)
El Decreto 88/2021, de 14 de julio, establece un régimen de ayudas excepcionales destinadas
al relanzamiento y la recuperación de la actividad en los talleres artesanos de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y aprueba la única convocatoria de las mismas (DOE núm. 152,
de 9 de agosto de 2021).
El procedimiento para la concesión de las subvenciones establecidas en el decreto es el de
concesión directa, mediante convocatoria abierta.
El artículo 16 del citado decreto, establece que se dará publicidad a las subvenciones concedidas mediante la publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma, así como en el Portal Electrónico de la Transparencia y
la Participación Ciudadana conforme a lo dispuesto en la normativa vigente en materia de
subvenciones.
El artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, prevé la publicación en el Diario Oficial correspondiente de las subvenciones
concedidas con la expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se
imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención cuando los
importes de las mismas, individualmente consideradas, sean de cuantía superior a 3.000 euros.
En virtud de lo dispuesto en los citados artículos se procede a dar publicidad en el anexo a las
subvenciones concedidas según lo establecido en las bases reguladoras de las ayudas.
La cuantía total de la convocatoria asciende a 450.000 euros. El coste de las ayudas se imputará a la aplicación presupuestaria 14.003.341A.770.00 y al código de proyecto 20210085
“Relanzamiento de la actividad artesana”.
Mérida, 1 de febrero de 2022. El Secretario General, P.D. Resolución de 21 de agosto de 2019
(DOE núm. 163, de 23 de agosto). El Secretario General de Economía y Comercio, ANTONIO
RUIZ ROMERO.