Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022060461)
Resolución de 10 de febrero de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio y el Grupo de Acción Local "Federación para el Desarrollo de Sierra Grande-Tierra de Barros (FEDESIBA)" para la aplicación del enfoque Leader del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 en Extremadura, firmado el día 25 de noviembre de 2016.
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NÚMERO 37
Miércoles, 23 de febrero de 2022

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De conformidad con lo expuesto y en el ejercicio de sus competencias, en aras de una mayor
eficacia y eficiencia las partes reunidas acuerdan formalizar la presente ADENDA, cuyo contenido se plasma en las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Se modifica la cláusula segunda del Convenio, quedando redactada como sigue:
“Segunda: Dotaciones financieras.
El importe de la subvención de fondos comunitarios (FEADER) concedida para la ejecución
del programa comarcal asciende a la cantidad de 5.473.229,65 euros.
Como contribución financiera de carácter nacional, la Administración General del Estado y
la Comunidad Autónoma de Extremadura, con cargo a las dotaciones presupuestarias que
anualmente se fijen en las correspondientes Leyes de Presupuestos, aportarán durante
este período de aplicación la cantidad de 1.824.409,22 euros.
Las cantidades que como contribución financiera de las distintas Administraciones Nacionales se conceden al GAL para la ejecución de su programa de desarrollo y que se explicitan anteriormente, se computarán como parte de la aportación económica que estas
Administraciones realizan al PDR y en particular a la metodología LEADER en la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
La contribución financiera de los fondos comunitarios y de las Administraciones nacionales, junto con la aportación privada, constituirá el coste total del programa de desarrollo
comarcal, estimado inicialmente en 8.930.391,87 euros.
Este coste total explicitado por submedidas y fuentes de cofinanciación, se recoge en los
cuadros financieros que como Anexo I se incorporan al presente Convenio.
En todo caso, la aportación anual efectiva dependerá de la disponibilidad presupuestaria
que resulte de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Asimismo, la contribución financiera de fondos públicos a la EDLP podrá variar en función
de la reasignación que, en su caso, efectúe la Autoridad de Gestión del PDR para ajustarla a la evolución real de la ejecución. La reasignación de la dotación procedente de este
ajuste, se realizará bien a aquellos Grupos cuyo nivel de inversión supere el nivel medio de
ejecución, bien a otras medidas del Programa.
Cualquier modificación de los cuadros financieros del Anexo I tendrá que ser incorporada
en el presente Convenio mediante Adenda o cláusula modificatoria.