Consejería De Educación Y Empleo. Educación. (2022040026)
Decreto 14/2022, de 18 de febrero, por el que se regulan la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 37
Miércoles, 23 de febrero de 2022

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Artículo 5. Participación y derecho a la información de madres, padres o tutores
legales.
Cuando el alumnado sea menor de edad, sus madres, padres o tutores legales deberán participar y apoyar la evolución de su proceso educativo. Tendrán, además, derecho a conocer las
decisiones relativas a su evaluación y promoción, debiendo colaborar en las medidas de apoyo
o refuerzo que adopten los centros para facilitar su progreso educativo.
CAPÍTULO II
Educación Primaria
Artículo 6. Principios generales de la evaluación.
1. La evaluación de los procesos de aprendizaje del alumnado será continua y global, teniendo
en cuenta su progreso en el conjunto de los procesos de aprendizaje.
2. En el contexto del proceso de evaluación continua, mediante la cual los maestros y las
maestras recogen información de manera permanente acerca del proceso de enseñanza
y del proceso de aprendizaje de su alumnado, se establecerán tanto medidas de refuerzo
educativo como de ampliación o profundización cuando su progreso así lo requiera. Estas
medidas se adoptarán en cualquier momento del curso, tan pronto como se detecten las
dificultades, con especial seguimiento a la situación del alumnado con necesidades educativas especiales y estarán dirigidas a garantizar la adquisición de los aprendizajes imprescindibles para continuar el proceso educativo, con los apoyos que cada uno precise.
3. La evaluación tendrá, en consecuencia, un carácter regulador y orientador del proceso educativo, al proporcionar una información constante que permita mejorar tanto los procesos
como los resultados.
4. El profesorado evaluará tanto los aprendizajes del alumnado como los procesos de enseñanza y su propia práctica docente, para lo que establecerá indicadores de logro en las
programaciones docentes.
Artículo 7. Sesiones de evaluación.
1. Las sesiones de evaluación son las reuniones del conjunto del profesorado de cada grupo
de alumnos y alumnas, coordinados por su tutor o tutora, con la presencia de un miembro
del equipo directivo y con el asesoramiento, en su caso, del orientador u orientadora que
atiende el centro, para valorar tanto el aprendizaje del alumnado en relación con el logro
de las competencias y de los objetivos de la etapa, como la información procedente de las
familias y el desarrollo de su propia práctica docente, y adoptar las medidas pertinentes
para su mejora.