Universidad De Extremadura. Concurso De Méritos. (2022060545)
Resolución de 17 de febrero de 2022, del Rector, por la que se resuelve el concurso de méritos convocado por Resolución de 21 de diciembre de 2021, para la provisión de puestos de trabajo vacantes de personal funcionario de Administración y Servicios (Jefaturas de Negociado y Unidades equivalentes).
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Martes, 22 de febrero de 2022

RESOLUCIÓN de 17 de febrero de 2022, del Rector, por la que se resuelve el
concurso de méritos convocado por Resolución de 21 de diciembre de 2021,
para la provisión de puestos de trabajo vacantes de personal funcionario de
Administración y Servicios (Jefaturas de Negociado y Unidades equivalentes).
(2022060545)

Mediante resolución de 21 de diciembre de 2021 (DOE núm. 250, de 30 de diciembre), se
procedió a la convocatoria de concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo
vacantes de personal funcionario de Administración y Servicios (Jefaturas de Negociado y
Unidades equivalentes).
Vista la propuesta formulada por la Comisión establecida para la valoración de los méritos,
este Rectorado, conforme a lo dispuesto en la base novena del concurso, y con arreglo a las
competencias que le atribuye el artículo 93 de los Estatutos de la Universidad de Extremadura
(Decreto 65/2003, de 8 de mayo),
RESUELVE:
Primero. Adjudicar los puestos de trabajo convocados, conforme se determina en anexo a
esta resolución.
Segundo. El plazo de posesión del destino obtenido será de tres días naturales si no implica
cambio de residencia o de diez días naturales si comporta cambio de residencia, que deberá
justificarse.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que
deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución
del concurso en el Diario Oficial de Extremadura.
Si la adjudicación del puesto comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de
posesión deberá computarse desde dicha publicación, y será de tres días naturales, a reserva
de que el reingreso comporte cambio de residencia, en cuyo caso será de diez días.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente
al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo correspondiente, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta resolución recurso de
reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá
interponer recurso contencioso-administrativo en tanto recaiga resolución expresa o presunta
del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Badajoz, 17 de febrero de 2022.
El Rector,
ANTONIO HIDALGO GARCÍA