Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022060458)
Resolución de 10 de febrero de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda al Convenio de colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio y el Grupo de Acción Local "Asociación para el Desarrollo de la Comarca de Lácara" (ADECOM-LÁCARA) para la aplicación del enfoque Leader del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 en Extremadura, firmado el día 25 de noviembre de 2016.
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NÚMERO 36
Martes, 22 de febrero de 2022

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Según lo establecido en el PDR de Extremadura 2014-2020, así como en el Decreto
64/2016, de 17 de mayo, de Selección de Estrategias de Desarrollo Local Participativo, se
establecerá una reserva de rendimiento entre el 5% y el 7% del presupuesto asignado a
cada grupo. Esta reserva estará condicionada al alcance de los objetivos establecidos en la
EDLP y en todo caso a lo que a tal efecto determine la Autoridad de Gestión en virtud del
examen de rendimiento que establece el Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento
y el Consejo de 17 de diciembre de 2013 por el que se establecen disposiciones comunes
relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de
Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y
de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo
de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo
Marítimo y de la Pesca y al Reglamento (UE) n.º 808/2014 de la Comisión de 17 de julio
de 2014 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º
1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a FEADER”.
Segunda. Se modifica la cláusula Séptima del Convenio, quedando redactada como
sigue:
“Séptima. Provisión de Fondos.
El GAL remitirá mensualmente a la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población
y Territorio como Organismo Pagador, a través de la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural, previsión de importes de solicitud de remisión de fondos FEADER a realizar
en los dos meses posteriores, y semestralmente previsiones para el ejercicio posterior.
El GAL realizará la petición de remisión de fondos a la Consejería de Agricultura, Desarrollo
Rural, Población y Territorio, para la aplicación del enfoque LEADER del PDR 2014–2020 en
Extremadura, a través de la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural mediante
el Servicio de Diversificación del Medio Rural, según lo estipulado en el Decreto de Bases
Reguladoras (Régimen de Ayudas).
Una vez efectuadas por parte de la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural
las comprobaciones y conciliaciones necesarias y para aquellos expedientes aprobados y
autorizados, la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural remitirá a la Sección de
Contabilidad del Organismo Pagador solicitud de remisión de fondos junto con la siguiente
documentación:


• Certificación de la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural, según modelo
determinado por la sección de Contabilidad del Organismo Pagador, de admisibilidad
para la financiación por FEADER en el que se incluya listado de los GAL beneficiarios
de las ayudas propuestos a pago.