Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2022060513)
Resolución de 10 de febrero de 2022, de la Consejera, acordando la redacción de la modificación n.º 3 del Plan Territorial del Entorno del Embalse de Alqueva.
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Martes, 22 de febrero de 2022

de redacción que, en el seno de esta Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y
Territorio, competente en materia de ordenación del territorio, asumirá la dirección técnica del
plan, en la cual participará una representación de los municipios afectados.
En consecuencia de lo anteriormente expuesto, de acuerdo con lo establecido en el artículo
56 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, y conforme a lo dispuesto en el artículo 5.2.b) del Decreto 50/2016,
de 26 de abril, de atribuciones de los órganos urbanísticos y de ordenación del territorio, y
de organización y funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio
de Extremadura, en relación con el Decreto del Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por
el que se modifica la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y con el Decreto 164/2019, de
29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura,
Desarrollo Rural, Población y Territorio y se modifica el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, vistos
los preceptos legales citados y demás de general aplicación, corresponde a la persona titular
de la Consejería competente en materia de ordenación del territorio acordar la redacción del
Plan Territorial. Por ello, vista la Propuesta de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación
del Territorio,
ACUERDO:
Primero. La redacción de la modificación n.º 3 del Plan Territorial del entorno del embalse
de Alqueva, consistente en la Adaptación y Compleción del Plan Territorial a la Ley 11/2018,
de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, refiriéndose dicho Plan Territorial al ámbito geográfico de los municipios de Alconchel, Cheles,
Olivenza, Táliga y Villanueva del Fresno, y estableciéndose un plazo de doce meses para la
redacción de la modificación, a contar desde la publicación de este acuerdo de Redacción en
el Diario Oficial de Extremadura.
Segundo. La comisión de redacción estará constituida por un técnico del Servicio de Ordenación
del Territorio de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio, en representación de esta Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, y el arquitecto director de la Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible de la Mancomunidad
Integral de la Comarca de Olivenza, en representación de los municipios afectados.
Tercero. Disponer la publicación del presente Acuerdo de Redacción en el Diario Oficial de
Extremadura.
Mérida, 10 de febrero de 2022.
La Consejera,
BEGOÑA GARCÍA BERNAL