Ayuntamiento De La Parra. Planeamiento. (2022080195)
Anuncio de 27 de enero de 2022 de aprobación definitiva de la modificación del Plan General Municipal de La Parra n.º 1/2020, consistente en la introducción de usos dotacionales compatibles con el uso residencial.
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NÚMERO 36
Martes, 22 de febrero de 2022

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AYUNTAMIENTO DE LA PARRA
ANUNCIO de 27 de enero de 2022 de aprobación definitiva de la modificación
del Plan General Municipal de La Parra n.º 1/2020, consistente en la
introducción de usos dotacionales compatibles con el uso residencial.
(2022010195)

Por acuerdo de Pleno, adoptado en sesión ordinaria celebrada en fecha 9 de noviembre de
2021, el Ayuntamiento de La Parra ha aprobado definitivamente, por mayoría absoluta, la
modificación puntual n.º 1/2020 del Plan General Municipal de La Parra, consistente en la
introducción de usos dotacionales compatibles con el uso residencial, redactada por la Oficina
técnica de urbanismo y desarrollo territorial sostenible de la Mancomunidad Río Bodión.
Habiéndose procedido con fecha 20 de diciembre de 2021 y con n.º: BA/090/2021 al depósito
de la citada modificación el en Registro Único de Urbanismo y Ordenación del Territorio
de Extremadura, dependiente de la Consejería Agricultura, Desarrollo Rural, Población y
Territorio, se hace público dicho acuerdo mediante la publicación del presente anuncio en el
Diario Oficial de Extremadura, Boletín Oficial de la Provincia y sede electrónica de este Excmo.
Ayuntamiento de acuerdo con los artículos 57 y 49 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de
ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, artículo 70.2 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículo 137 del Decreto 7/2007,
de 23 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de Extremadura.
Asimismo, de acuerdo con el citado artículo 57 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de
ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, se publica la normativa urbanística afectada resultante de la aprobación de la modificación como anexo I.
Por otro lado, se acompaña un anexo II contemplativo de un resumen ejecutivo en el que con
la identificación del técnico redactor del proyecto y su correspondiente cualificación empresarial o profesional, se recogen las características esenciales de la nueva ordenación, junto con
un extracto explicativo de sus posibles aspectos ambientales.
Como anexo III se acompaña certificado del Jefe de Sección de Gestión de Planeamiento
Urbanístico y Territorial y Secretario de la CUOTEX, en la que se hace constar la fecha y n.º
de inscripción con la que se ha procedido al depósito previo del documento aprobado en el
Registro de Único de Urbanismo y de Ordenación del Territorio dependiente de esta Consejería
(artículo 59.2 y 4 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura).
Contra este acuerdo, que tiene carácter normativo, no cabe recurso en vía administrativa (artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de