Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022060449)
Resolución de 9 de febrero de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto Planta Solar Fotovoltaica "PRO2" e infraestructura de evacuación, cuyo promotor es Bloggers Energías Renovables, SL, en el término municipal de Mérida. Expte.: IA20/1632.
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NÚMERO 35
Lunes, 21 de febrero de 2022

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vista del resultado de estos sondeos, el Consorcio dictaminará la necesidad o no
de excavación arqueológica.


• Durante la ejecución del proyecto será preceptivo, además, un exhaustivo seguimiento arqueológico de los movimientos de tierra en el resto de terrenos objeto de
la PSFV y su línea de evacuación.



• Las citadas intervenciones deberán ser realizadas por el promotor a través de
equipo de arqueología contratado al efecto, previa autorización por el Consorcio de
ambos proyectos (sondeos y, posteriormente, seguimiento).



• En tanto no finalice el proceso arqueológico derivado de los sondeos, no podrá
iniciarse la ejecución de la obra.



• Una vez finalizado el proceso arqueológico inicial y concedida la licencia de obras,
deberá comunicarse al Consorcio de la Ciudad Monumental la fecha de inicio de la
intervención arqueológica y de las obras con al menos dos días de antelación para
supervisión de esta entidad.



• Todas las actividades aquí contempladas se ajustarán a lo establecido al respecto
en el título III de la Ley 2/1999, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura
y en el Decreto 93/1997, regulador de la Actividad Arqueológica en Extremadura.

— El Servicio de Ordenación y Gestión Forestal, emite informe con fecha de 8 de octubre de
2021, en el que se informa que, la planta se ubica sobre terrenos con cultivos agrícolas y el
trazado de la línea tampoco afecta a formaciones forestales importantes, atravesando solo
una zona de matorral (escobas) muy abierta, por lo que, la afección forestal de la planta e
instalaciones de evacuación se considera asumible y se informa favorablemente.
— La Confederación Hidrográfica del Guadiana emite informe con fecha 20 de octubre de
2021, sobre la afección al régimen y aprovechamiento de las aguas continentales o a los
usos permitidos en terrenos de dominio público hidráulico (DPH), en sus zonas de servidumbre, policía y zonas inundables.
Cauces, zona de servidumbre, zona de policía y zonas inundables:
La red de viales proyectada cruzaría el cauce del arroyo de las Norias. Asimismo, el vallado
perimetral y la PSFV ocuparían la zona de policía de dicho cauce, el cual constituye el DPH
del Estado.
Cualquier actuación que se realice en el DPH requiere autorización administrativa previa.
De acuerdo con el artículo 126 del Reglamento del DPH, aprobado por el Real Decreto