Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022060449)
Resolución de 9 de febrero de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto Planta Solar Fotovoltaica "PRO2" e infraestructura de evacuación, cuyo promotor es Bloggers Energías Renovables, SL, en el término municipal de Mérida. Expte.: IA20/1632.
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NÚMERO 35
Lunes, 21 de febrero de 2022

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Los condicionantes arqueológicos son los siguientes:
1. Afección de Bienes Arqueológicos de Interés Cultural.
 El proyecto se sitúa dentro del Yacimiento Arqueológico de Mérida, que ocupa todo el
término municipal de esta ciudad, en la Zona V – Protección General, en las que existe
la posibilidad de aparición de elementos aislados de carácter arqueológico.
2. E
 xistencia de elementos arqueológicos documentados o inventariados en la zona de
actuación.
En los terrenos donde se ubicará la PSFV y su LE se ha realizado una prospección arqueológica intensiva en dos fases. En la primera fase se localizó la existencia de un
posible yacimiento reflejado en la dispersión de materiales constructivos de cronología
romana en una franja de 70-80 m (yacimiento Las Norias IV). También se localizó un
posible yacimiento calcolítico (Las Norias V) al norte de la parcela donde se ubicará la
PSFV, pero ya fuera de la misma.
Posteriormente se realizó una nueva prospección. En esta segunda fase el resultado fue
negativo para yacimiento, pero se destaca la presencia de escasos restos cerámicos de
cronología diversa dispersos por toda la parcela, señalándose dos puntos de atención
de cara a la ejecución del proyecto:


–p
 resencia de aparejo de piedra y escasos fragmentos cerámicos en las inmediaciones
de una casa de labor visible en las fotografías del S.XX, pero actualmente destruida.



–u
 n suave montículo situado en el trazado de la zanja LAT que podría deberse a un
afloramiento rocoso, pero no resulta visible debido a la presencia de pasto crecido.

3. M
 edidas aplicables de conformidad con el PGOU – Plan Especial de Mérida (DOE – Suplemento E al n.º 106 de 12-9-2000).
El proyecto de construcción debe ser aprobado por el Consorcio de la Ciudad Monumental de Mérida, como entidad competente en materia de patrimonio cultural en el término
municipal de Mérida, por delegación de la Junta de Extremadura, con carácter previo a
la aprobación de la licencia municipal, conforme a lo establecido en el artículo 9.39
del indicado Plan Especial.
A la vista del resultado de la prospección realizada se consideran preceptivas las siguientes medidas cautelares:


• Con carácter previo a la construcción de la PSFV, será preceptiva la ejecución de
sondeos arqueológicos en la zona del denominado yacimiento Las Norias IV. A la