Servicio Extremeño De Salud. Teletrabajo. (2022060532)
Resolución de 11 de febrero de 2022, del Director Gerente, por la que se modifica la Resolución de 25 de marzo de 2021, por la que se establece el procedimiento sobre el régimen de teletrabajo para el personal estatutario del Servicio Extremeño de Salud.
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Lunes, 21 de febrero de 2022

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SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD
RESOLUCIÓN de 11 de febrero de 2022, del Director Gerente, por la que se
modifica la Resolución de 25 de marzo de 2021, por la que se establece el
procedimiento sobre el régimen de teletrabajo para el personal estatutario
del Servicio Extremeño de Salud. (2022060532)
La Resolución de 25 de marzo de 2021 introdujo el teletrabajo, entendido como modalidad
preferente de trabajo a distancia que se realiza fuera de los establecimientos y centros habituales de la Administración, para el personal estatutario que presta sus servicios en el Servicio
Extremeño de Salud dando respuesta a la previsión normativa básica consagrada en el artículo 47 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Esta resolución dispone que las convocatorias se realizarán con carácter anual y se procurará
que se publiquen en el mismo mes todas las pertenecientes al ámbito del SES e intentado
coincidir con las convocatorias de la Junta de Extremadura, y ello debido a que hay determinados servicios o unidades administrativas en las que coinciden prestando sus servicios
profesionales pertenecientes a ambos ámbitos.
En aras a conseguir una armonía en el funcionamiento de los servicios o unidades administrativas
en aquellos casos en que prestan servicios personal funcionario del ámbito de Administración
General y personal estatutario del SES, se considera adecuado adaptar la Resolución de 25
de marzo de 2021 en el sentido de modificar los criterios de selección para unificarlos con los
dispuestos por la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura
para el ámbito de la administración general, así como introducir otras estipulaciones que se
han considerado necesarias para el buen funcionamiento de los servicios.
Es por ello que ante la inminente convocatoria de teletrabajo para el personal estatutario del
Servicio Extremeño de Salud y dada la modificación operada en los criterios de selección por
la Junta de Extremadura mediante Decreto 107/2021, de 15 de septiembre, así como otras
estipulaciones que se han considerado necesarias en aras a la armonía legislativa que se
pretende, esta Dirección Gerencia en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 4 de
los Estatutos del Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud, aprobados por Decreto
221/2008, de 24 de octubre, una vez negociado en la Mesa Sectorial de Sanidad, dispone:
Artículo Único. Modificación de la Resolución de 25 de marzo de 2021, por la que se establece el procedimiento sobre el régimen de teletrabajo para el personal estatutario del Servicio
Extremeño de Salud, en los siguientes términos: