Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022060441)
Resolución de 10 de febrero de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio y el Grupo de Acción Local "Asociación para la Promoción y el Desarrollo Rural del Geoparque Mundial de la UNESCO de Villuercas Ibores Jara" para la aplicación del enfoque LEADER del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 en Extremadura, firmado el día 25 de noviembre de 2016.
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Lunes, 21 de febrero de 2022

ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA
DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL, POLÍTICAS AGRARIAS Y TERRITORIO
Y EL GRUPO DE ACCIÓN LOCAL “ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN
Y EL DESARROLLO RURAL DEL GEOPARQUE MUNDIAL DE LA UNESCO
DE VILLUERCAS IBORES JARA” PARA LA APLICACIÓN DEL ENFOQUE
LEADER DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL 2014-2020 EN
EXTREMADURA, FIRMADO EL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DE 2016
Mérida, 3 de diciembre de 2021.
REUNIDOS
De una parte la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura, representada por Doña Begoña García Bernal, en virtud del Decreto del
Presidente 19/2019, de 1 de julio, por el que se dispone el nombramiento, y conforme a las
atribuciones que le confiere el Decreto 164/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y
se modifica el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica
básica de la administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y de otra, el Grupo de Acción Local “Asociación para la Promoción y el Desarrollo Rural del
Geoparque Mundial de la UNESCO de Villuercas Ibores Jara” (en adelante GAL APRODERVI),
con sede en Paseo de Extremadura, 6, 10136 Cañamero (Cáceres), con código de identificación fiscal n.º G10205268, representado por su Presidente Felipe Sánchez Barba, nombrado
por acuerdo de dicha entidad de fecha 26 de noviembre de 2015 y facultado para la firma del
presente convenio.
Las partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir la Adenda al
presente convenio y a tal efecto
EXPONEN
Primero. Que la finalidad del convenio suscrito el 25 de noviembre de 2016 es establecer la
relación entre el GAL APRODERVI y la Consejería competente en materia de Desarrollo Rural
para la aplicación de la Metodología LEADER del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020, en
el ámbito territorial del GAL y en función de su Estrategia de Desarrollo Local Participativo (en
adelante EDLP) seleccionada conforme al Decreto 64/2016, de 17 de mayo de selección de
Estrategias de Desarrollo Local Participativo (DOE 97, de 23 de mayo de 2016) para el Periodo de Programación 2014-2020 y lo determinado en el marco jurídico básico de las acciones
comunitarias a favor del desarrollo rural, el Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento
y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del