Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Eléctrica. (2022060422)
Resolución de 7 de febrero de 2022, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a Edistribución Redes Digitales, SLU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Sustitución de línea subterránea MT entre CD 44508 "CDAT-Sub.CR.Valverde" y CD 69832 "SCTO.H.Badajoz.Center", intercalando el CD "Altozano"". Término municipal: Badajoz. Expte.: 06/AT-1788/18112
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Viernes, 18 de febrero de 2022

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tes en el mismo emitidos por otras Administraciones Públicas, organismos y empresas de
servicio público o de servicios de interés general, el órgano sustantivo emitirá la resolución
pertinente, en la que se solventarán las problemáticas o discrepancias surgidas con motivo de
las alegaciones presentadas o discrepancias puestas de manifiesto en el procedimiento que
no hubieran quedado solventadas con anterioridad al trámite de resolución.
En el presente caso no han sido presentadas alegaciones, así como tampoco oposiciones o
condicionados por las Administraciones Públicas o entidades afectadas.
Por todo ello, teniendo en cuenta que han sido llevados a afecto los trámites preceptivos en
la legislación vigente, y considerando lo expuesto en los antecedentes de hecho y en los fundamentos de derecho este Servicio.
RESUELVE:
Conceder a Edistribución Redes Digitales, SLU, autorización administrativa previa de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado “Sustitución de línea subterránea MT entre
CD 44508 “CDAT-Sub.CR.ValverdE” y CD 69832 “SCTO.H.Badajoz.Center”, intercalando el CD
“Altozano””, cuyos datos esenciales son los indicados seguidamente:
Línea subterránea de M.T.:
Origen: Celda n.º 37 del CD ”CDAT-Sub.CR.Valverde”.
Final: Celda n.º 27 del CD ”SCTO.H.Badajoz.Center”.
Tipos de línea: Subterránea simple circuito.
Conductor: RH5Z-1 18/30 kV 3x240+H16 mm2.
Longitud: 566 m.
Emplazamiento: c/ Damián Téllez Lafuente, c/ Fuerte.
Esta autorización administrativa previa, se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en
la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de
desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con
sus instalaciones auxiliares y complementarias.