Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022060447)
Resolución de 2 de febrero de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación y Empleo y Maven e Hijos, SL, para el ciclo formativo de grado superior en Automoción del IES San José de Badajoz.
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NÚMERO 34
Viernes, 18 de febrero de 2022

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CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE
LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y MAVEN E HIJOS, SL,
PARA EL CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR EN AUTOMOCIÓN
DEL IES SAN JOSÉ DE BADAJOZ.
Mérida, 20 de enero de 2022.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo de la
Junta de Extremadura, don Rubén Rubio Polo, cargo para el que fue nombrado por Decreto
151/2015, de 10 de julio (DOE núm. 1 (extra) de 11 de julio), en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera (DOE núm. 223, de
19 de noviembre), en representación de la Consejería de Educación y Empleo.
Y de otra, la empresa Maven e Hijos, SL, con CIF B 06173991 y domicilio en Ctra. de Sevilla, km
311,5 con código postal 06200 Almendralejo, Badajoz, teléfono de contacto _____________,
correo electrónico ______________ y Don Miguel Ángel Venegas Agudo, como Administrador
y representante de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
Primero. Que el objetivo del presente convenio entre las entidades a las que representan
para el desarrollo de un proyecto de Formación Profesional Dual en el sistema educativo.
Segundo. Que el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía
Sostenible insta a las Administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con
las empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de
módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para
garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].
Tercero. Que el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la Formación Profesional
Dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación Profesional Dual del sistema educativo, el
marco para el desarrollo de proyectos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo,
con la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.
Cuarto. Que el apartado 1 del artículo 29 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre,
establece que los centros educativos autorizados para impartir ciclos formativos de formación