Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Urbanismo. (2022060484)
Resolución de 10 de febrero de 2022, de la Consejera, por la que se aprueba definitivamente el Proyecto de Urbanización de la 2ª y 3ª etapas del Proyecto de Interés Regional "Plataforma Logística del Suroeste Europeo, 1ª fase", en el término municipal de Badajoz.
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NÚMERO 34

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Viernes, 18 de febrero de 2022

2º) Encomendar a la Dirección General de Transportes de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda , la ejecución de las obras comprendidas en el Proyecto de Urbanización
de la 2ª y 3ª etapas, como promotor del mismo.
3º) Ordenar la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra la resolución de aprobación, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural,
Población y Territorio, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquél en que se
reciba la notificación o al de su publicación de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas y los artículos 102 y 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Asimismo, también cabrá interponer contra dicha resolución, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquél en
que se reciba la notificación de la misma o al de su publicación. No obstante, en el caso de
haberse interpuesto recurso de reposición, no podrá interponerse el citado recurso contencioso-administrativo hasta que aquél haya sido resuelto expresamente o se haya producido
su desestimación presunta, según se indica en el referido artículo 123 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en
el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro
recurso que estimen pertinente.
Mérida, 10 de febrero de 2022.
La Consejera de Agricultura, Desarrollo
Rural, Población y Territorio,
BEGOÑA GARCÍA BERNAL