Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022060404)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para instalación destinada a planta de tratamiento de pellets, promovida por Biomasa Sierra de Gata, SL, en el término municipal de Villasbuenas de Gata (Cáceres).
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NÚMERO 33
Jueves, 17 de febrero de 2022

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22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, y en el artículo 102 de la Ley
5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
4. Q
 ueda expresamente prohibida la mezcla de los residuos peligrosos y no peligrosos generados entre sí o con otros residuos. Los residuos deberán segregarse desde su origen,
disponiéndose de los medios de recogida y almacenamiento intermedio adecuados para
evitar dichas mezclas.
5. L
 os residuos peligrosos recogidos en las instalaciones deberán envasarse, etiquetarse
y almacenarse conforme a lo establecido en los artículos 13, 14 y 15 del Real Decreto
833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley
20/1986, básica de residuos tóxicos y peligrosos. En particular, se efectuará en zonas cubiertas, con pavimento impermeable y recogida de posibles fugas de líquidos, por ejemplo
hacia arqueta estanca o medida de similar eficacia (depósitos de doble pared, cubetos de
retención).
6. L
 os residuos no peligrosos no podrán almacenarse por un tiempo superior a dos años, si
su destino final es la valorización, o a un año, si su destino final es la eliminación. Mientras
que los residuos peligrosos no podrán almacenarse por un tiempo superior a seis meses.
Ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos
contaminados, y en la Ley 5/2010, de 24 de junio, de prevención y calidad ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
7. L
 a instalación dispondrá de medidas de seguridad que impidan el libre acceso a la misma
a fin de evitar la entrada o salida de residuos fuera del procedimiento de admisión de residuos o la manipulación por parte de terceros. El registro de residuos gestionados incluirá
información sobre la detección de este tipo de incidencias. Al menos, se dispondrá de vallado perimetral y control de accesos de conformidad con el punto 1.f) del anexo VIII del
Real Decreto 110/2015.
8. M
 ientras los residuos se encuentren en la instalación industrial, el titular de ésta estará
obligado a mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad. A tal efecto, sin
perjuicio de otras medidas que se consideren convenientes:
a) Las condiciones de los almacenamientos deberán evitar el arrastre de los residuos por
el viento o cualquier otra pérdida de residuo o de componentes del mismo. Asimismo,
deberán evitar la penetración de las aguas de lluvias.
b) Una vez clasificados y, en su caso, tratados, los residuos deberán almacenarse de forma
segregada.