Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022060403)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación avícola de cebo de pollos promovida por Manuel Mancha Galea, en el término municipal de Puebla de la Reina (Badajoz).
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Jueves, 17 de febrero de 2022

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(DGS) promovió la participación real y efectiva de las personas interesadas, en todo caso de
los vecinos inmediatos con fecha 6 de marzo de 2020.
Sexto. Con fecha 24 de septiembre de 2020 y 1 de febrero de 2021, se remite copia del expediente al Ayuntamiento de Puebla de la Reina, en el que se le indicaba que disponía de un
plazo de 20 días desde la recepción del expediente, para remitir un Informe Técnico que se
pronunciara sobre la adecuación de la instalación a todas aquellas materias de competencia
municipal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local. El técnico municipal del ayuntamiento de Puebla
de la Reina emite en fecha 19 de octubre de 2021 informe relativo a la adecuación de la instalación a todos aquellos aspectos que son de competencia municipal.
Séptimo. Dentro del procedimiento administrativo de autorización, con fecha de 4 de marzo
de 2020, se han efectuado las consultas a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas en el Estudio de Impacto Ambiental, cuyas respuestas han sido recogidas
en la declaración de impacto ambiental incluida en el Anexo III de la presente resolución.
Octavo. La actividad cuenta con declaración de impacto ambiental otorgada mediante resolución de la Dirección General de Sostenibildad de 19 de octubre de 2021. A la cual se le da
publicidad y se incluye íntegramente en el Anexo III de la presente Resolución.
Noveno. Tal y como dispone el artículo 82.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano ambiental dirige
oficio, de fecha 17 de noviembre de 2021 y 20 de enero de 20222, al Ayuntamiento de Puebla
de la Reina (Badajoz), a Manuel Mancha Galea, así como a las organizaciones no gubernamentales cuyo objeto sea la defensa de la naturaleza y el desarrollo sostenible con objeto de
proceder al trámite de audiencia a los interesados, sin que se hayan presentado alegaciones
al respecto, otorgándoles el preceptivo trámite de audiencia, por plazo de diez días.
Décimo. A los anteriores Antecedentes de Hecho, le son de aplicación los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Es órgano competente para la resolución del presente procedimiento la Dirección
General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en
virtud de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de conformidad con el artículo 31.3 del
Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Conforme a lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, “Se somete a autorización