Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022060403)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación avícola de cebo de pollos promovida por Manuel Mancha Galea, en el término municipal de Puebla de la Reina (Badajoz).
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NÚMERO 33
Jueves, 17 de febrero de 2022

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CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
RESOLUCIÓN de 7 de febrero de 2022, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para
explotación avícola de cebo de pollos promovida por Manuel Mancha Galea,
en el término municipal de Puebla de la Reina (Badajoz). (2022060403)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 25 de septiembre de 2019 tiene entrada en el Registro Único de la Junta
de Extremadura, la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU) para la instalación de
una explotación avícola de cebo de pollos ubicada en el término municipal de Puebla de la
Reina (Badajoz) y promovida por Manuel Mancha Galea, con domicilio social en Plaza de la
Iglesia, 8, C.P. 06477 de Puebla de la Reina (Badajoz).
Segundo. El proyecto consiste en la instalación de una explotación avícola de cebo de pollos
en régimen de explotación intensivo con capacidad para 70.120 pollos por ciclo. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015 de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 1.1 del
anexo II.
La actividad se llevará a cabo en el término municipal de Puebla de la Reina (Badajoz), y más
concretamente en el polígono 10, parcelas 53, 54 y 63 con una superficie total de unas 2,32
Has. Las características esenciales del proyecto se describen en la presente resolución.
Tercero. Con fecha 27 de febrero de 2020, el órgano ambiental publica Anuncio en su sede
electrónica, poniendo a disposición del público, durante un plazo de 10 días, la información
relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. En cumplimiento de lo establecido en el artículo16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el estudio de impacto ambiental fue sometida al trámite de información pública, mediante anuncio de 30 de
junio de 2020 que se publicó en el DOE n.º 144, de 27 de julio de 2020.
Quinto. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tras la modificación introducida en la misma por la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración
más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General de Sostenibilidad