Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Sentencias. Ejecución. (2022060437)
Resolución de 10 de febrero de 2022, de la Dirección General de Tributos, por la que se dispone la ejecución de la sentencia de 4 de febrero de 2022 del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Mérida, procedimiento abreviado n.º 240/2021.
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NÚMERO 33

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Jueves, 17 de febrero de 2022

RESOLUCIÓN de 10 de febrero de 2022, de la Dirección General de Tributos,
por la que se dispone la ejecución de la sentencia de 4 de febrero de 2022
del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Mérida, procedimiento
abreviado n.º 240/2021. (2022060437)
ANTECEDENTES DE HECHOS:
Ha recaído sentencia de 4 de febrero de 2022, en el procedimiento abreviado n.º 0000240/2021,
promovido por la procurador Sr. Mena en nombre y representación de Automáticos Fame, SA,
y la Junta de Extremadura representada y asistida por Letrada de sus Servicios Jurídicos.
Objeto del recurso: Resolución de 10/08/2021 de la Dirección General de Tributos por la que
se impone al recurrente una sanción de por infracción del artículo 31.1w y 31.1ñ de la Ley
6/1998, de 18 de junio, de Juego de Extremadura, en el expediente n.º 0621003.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 9.1 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se
regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, ésta Dirección
General de Tributos, de acuerdo con la Resolución de 16 de diciembre de 2019 de la Vicepresidenta Primera y Consejera sobre delegación de competencias en los titulares de los órganos
directivos de la Consejería de Hacienda y Administración Pública,
RESUELVE:
Proceder a la ejecución del fallo de la Sentencia de 4 de febrero de 2022 del Juzgado de lo
Contencioso-administrativo n.º 2 de Mérida, llevando a puro y debido efecto el fallo cuya parte
dispositiva dice:
“Que debo estimar y estimo el recurso contencioso-administrativo presentado contra la
resolución identificada en el fundamento jurídico primero de la presente, declarando nula
la misma por ser contraria a derecho, con imposición de costas a la Administración demandada, teniendo en cuenta el límite señalado en el cuerpo de la presente”.
Mérida, 10 de febrero de 2022.
El Director General de Tributos,
FRANCISCO JAVIER GARCIA MARTÍN

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