Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. (2022060433)
Resolución de 4 de febrero de 2022, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se acuerda la inscripción y publicación de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Médicos de Cáceres, y su adaptación a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme con las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre.
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Miércoles, 16 de febrero de 2022

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RESOLUCIÓN de 4 de febrero de 2022, de la Vicepresidenta Primera y
Consejera, por la que se acuerda la inscripción y publicación de la modificación
de los Estatutos del Colegio Oficial de Médicos de Cáceres, y su adaptación a
la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios
Profesionales de Extremadura, conforme con las modificaciones introducidas
por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre. (2022060433)
Visto el expediente iniciado mediante escrito del Secretario del Colegio Oficial de Médicos
de Cáceres, de 20 de octubre de 2021, con entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, el día 25 de octubre de 2021, por el que se solicita calificación de legalidad de
la modificación-adaptación de los Estatutos del Colegio, acordada en Asamblea General en
sesión de 21 de septiembre de 2021, así como su inscripción en el Registro de Colegios y de
Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, se exponen los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. El Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Cáceres, en adelante, el Colegio, fue
inscrito en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos de Colegios Profesionales de
Extremadura, mediante Resolución de 23 de octubre de 2007, con el código S1/15/2007 de
la Sección Primera.
Segundo. Los Estatutos del Colegio, adaptados a lo dispuesto en la Ley 11/2002 de 12 de
diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, fueron publicados en el Diario Oficial de Extremadura de 18 de septiembre de 2004, por Resolución la
Consejera de Presidencia de 13 de septiembre de 2004, y posteriormente modificados por
Resolución del Consejero de Administración Pública y Hacienda de 28 de febrero de 2008
(DOE n.º 52, de 14 de marzo), por Resolución del Director General de Administración Local,
Justicia e Interior de 25 de mayo de 2012, (DOE n.º 115, de 15 de junio), y por Resolución
de la Consejera de Hacienda y Administración Pública de 11 de mayo de 2016 (DOE n.º 103,
de 31 de mayo).
Tercero. Con fecha 9 de abril de 2021, se recibe en el Servicio de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales, email del Colegio remitiendo borrador de sus estatutos con las
modificaciones introducidas en adaptación a la normativa vigente, a los efectos de que sean
sometidos a una revisión previa antes de su aprobación en Asamblea General.
Cuarto. Con fecha 19 de julio de 2021, por la Jefatura de Sección de Asociaciones, Colegios
y Fundaciones, se emite informe de revisión previa de sus Estatutos solicitado por el Colegio.
Quinto. Con fecha 25 de octubre de 2021, tiene entrada en el Registro único de la Junta de
Extremadura, escrito del Secretario del Colegio de 20 de octubre de 2021, por el que se remite