Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Información Pública. (2022080142)
Anuncio de 1 de febrero de 2022 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, del proyecto de explotación avícola de cebo de pavos promovido por Raquel y María del Carmen Regalado Barragán en el término municipal de Bodonal de la Sierra (Badajoz).
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NÚMERO 32
Miércoles, 16 de febrero de 2022

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ANUNCIO de 1 de febrero de 2022 por el que se pone a disposición del
público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización
ambiental unificada, del proyecto de explotación avícola de cebo de pavos
promovido por Raquel y María del Carmen Regalado Barragán en el término
municipal de Bodonal de la Sierra (Badajoz). (2022080142)
Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto-ley 3/2021,
de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y
para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se comunica al público en general que la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU) del proyecto de
explotación avícola, promovido por Raquel María del Carmen Regalado Barragán en el término
municipal de Bodonal de la Sierra (Badajoz), podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a
contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en la sede electrónica,
en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, Avda. Valhondo, s/n Módulo II 2.ª planta.
Por otra parte, simultáneamente al periodo de información pública, la solicitud de AAU será
remitida por la Dirección General de Sostenibilidad al correspondiente Ayuntamiento, a fin de
solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos
aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16, punto 6 de
la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el artículo 31 y en la disposición
transitoria segunda del Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano
competente para la resolución de la presente solicitud es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de
la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015,
la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean
obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias
urbanísticas.
Los datos generales del proyecto son:
• Categoría Ley 16/2015:
Categorías 1.1 del anexo II, relativas a “Instalaciones ganaderas, no incluidas en el
Anexo I, destinadas a la cría de aves, incluyendo las granjas cinegéticas, que dispongan