Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Transporte De Viajeros. Subvenciones. (2021064101)
Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera, para el año 2022.
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NÚMERO 13

3678

Jueves, 20 de enero de 2022

ANUALIDADES

IMPORTE

CAUSA DEL GASTO
Subvención de desplazamientos de beneficiarios en transporte
regular de uso general, realizados durante el siguiente período

EJERCICIO 2023

500.000,00 €

temporal:
Desde el día 1 de octubre de 2022 hasta el día 31 de diciembre
2022 (a.i.).

TOTAL

1.650.000,00 €,

Dicha cuantía podrá aumentarse en función de las disponibilidades presupuestarias.
De producirse el agotamiento del crédito presupuestario, y no procederse a efectuar las modificaciones correspondientes, se declarará terminado el plazo de vigencia de la convocatoria
mediante anuncio del titular de la Consejería competente en materia de transporte, el cual
será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma, con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente
presentadas.
Al tratarse de una convocatoria de tramitación anticipada, el otorgamiento de las subvenciones
quedará sometido a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente, en
los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma, en el ejercicio en que debe iniciarse
la ejecución del gasto, para atender las obligaciones que se generen como consecuencia de su
concesión en el ejercicio de 2022, así como a lo dispuesto respecto a la tramitación anticipada
de expedientes de subvenciones en la Regla 69 de la “Orden de 17 de diciembre de 2020, por
la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Junta de Extremadura”, modificada
por la “Resolución de 27 de julio de 2021, de la Intervención General, por la que se modifica
la Instrucción de Contabilidad para la Junta de Extremadura, aprobada mediante Orden de
17 de diciembre de 2020 y se aprueban los modelos de certificado de existencia de crédito
adecuado y suficiente en la tramitación anticipada de los gastos”.
Séptimo. Cuantía de la subvención.
La cuantía individualizada de la subvención, respecto del gasto subvencionable contraído por
las personas beneficiarias, se ajustará a los siguientes criterios: