Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Explotaciones Agrarias. Ayudas. (2021040180)
Decreto 142/2021, de 21 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras y normas de aplicación de las ayudas a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 9
Viernes, 14 de enero de 2022

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Estos supuestos, si se producen antes del pago de la ayuda darán lugar a la pérdida del derecho al cobro de la cuantía afectada y si se producen después del pago de la ayuda deberá
reintegrarse el importe que corresponda.
Artículo 24. Recursos.
Contra la resolución de reconocimiento, a que se refiere el artículo 22 del presente decreto,
que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un
mes, a contar desde el día siguiente al de notificación de la presente resolución, ante la persona titular Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, de conformidad
con el artículo 101.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en conexión con lo establecido en los artículos
121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, y ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro
que se estime pertinente.
Artículo 25. Obligaciones de las personas beneficiarias.
1. Realizar la inversión o adquisición que fundamentó la concesión de la subvención en el
plazo y forma establecidos en el presente decreto.
2. J ustificar la inversión o adquisición efectuada.
3. Cumplir los requisitos y condiciones que determinen la concesión de la subvención durante
toda la tramitación del procedimiento.
4. C
 umplir, durante cinco años, contados desde la fecha de certificación de realización de inversiones, los siguientes requisitos y compromisos:
a) Ejercer la actividad agraria en la explotación objeto de ayuda.
b) Mantener las inversiones objeto de ayuda.
c) Todos los que dieron lugar a la concesión de la ayuda.
d) Mantener la titularidad e inscripción en el REXA de la explotación agraria prioritaria.
e) Cumplir las normas mínimas en materia de medio ambiente, higiene y bienestar de los
animales.
5. Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente, así
como a las de control que puedan realizar los órganos competentes para ello.