Consejería De Educación Y Empleo. Empleo. Subvenciones. (2021040183)
Decreto 137/2021, de 15 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los programas de empleo creados para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueban las primeras convocatorias de dichos programas.
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NÚMERO 250
Jueves 30 de diciembre de 2021
62677
2. Se establecen dos líneas de subvenciones, con dos sublíneas en cada una de ellas:
a) Línea 1: Mantenimiento del empleo y la colaboración en la realización de planes estratégicos de crecimiento sobre las oportunidades de empleo, para facilitar la transición de
su actividad hacia la economía verde y digital, con las siguientes sublíneas:
Sublínea 1.1. En pymes.
Sublínea 1.2. En empresas de emprendimiento colectivo.
b) Línea 2: Mantenimiento del empleo y la colaboración en la realización de evaluaciones
sobre las oportunidades de empleo, para facilitar la transición de su actividad hacia la
economía verde y digital, con las siguientes sublíneas:
Sublínea 2.1 En microempresas y personas trabajadoras autónomas.
Sublínea 2.2. En empresas de emprendimiento colectivo.
3. Definiciones:
a) A estos efectos, se entenderá por pymes, aquellas empresas que tengan menos de 250
trabajadores y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o
cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.
b) Por microempresas, aquellas empresas que tengan menos de diez personas trabajadoras y cuyo volumen de negocio anual o balance general anual sea inferior a dos millones
de euros. Se incluirán también las personas trabajadoras autónomas que cumplan estos
dos requisitos y que se encuentren en situación de alta en el Régimen Especial de la
Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, RETA.
c) Se entenderá por entidades de emprendimiento colectivo las cooperativas y sociedades
laborales.
d) Por Planes Estratégicos de Crecimiento: los planes de acción que conduzcan a aumentar
la competitividad global de las actividades empresariales con el objetivo de mantener
y/o aumentar las capacidades de mantenimiento o generación de empleo en Extremadura y que contribuyan a la transición ecológica y digital.
e) P
or Evaluaciones de la Gestión del Empleo: los análisis de las actividades empresariales
sobre la posición actual y futura de sus necesidades de empleo y que contribuyan a la
transición ecológica y digital.
Jueves 30 de diciembre de 2021
62677
2. Se establecen dos líneas de subvenciones, con dos sublíneas en cada una de ellas:
a) Línea 1: Mantenimiento del empleo y la colaboración en la realización de planes estratégicos de crecimiento sobre las oportunidades de empleo, para facilitar la transición de
su actividad hacia la economía verde y digital, con las siguientes sublíneas:
Sublínea 1.1. En pymes.
Sublínea 1.2. En empresas de emprendimiento colectivo.
b) Línea 2: Mantenimiento del empleo y la colaboración en la realización de evaluaciones
sobre las oportunidades de empleo, para facilitar la transición de su actividad hacia la
economía verde y digital, con las siguientes sublíneas:
Sublínea 2.1 En microempresas y personas trabajadoras autónomas.
Sublínea 2.2. En empresas de emprendimiento colectivo.
3. Definiciones:
a) A estos efectos, se entenderá por pymes, aquellas empresas que tengan menos de 250
trabajadores y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o
cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.
b) Por microempresas, aquellas empresas que tengan menos de diez personas trabajadoras y cuyo volumen de negocio anual o balance general anual sea inferior a dos millones
de euros. Se incluirán también las personas trabajadoras autónomas que cumplan estos
dos requisitos y que se encuentren en situación de alta en el Régimen Especial de la
Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, RETA.
c) Se entenderá por entidades de emprendimiento colectivo las cooperativas y sociedades
laborales.
d) Por Planes Estratégicos de Crecimiento: los planes de acción que conduzcan a aumentar
la competitividad global de las actividades empresariales con el objetivo de mantener
y/o aumentar las capacidades de mantenimiento o generación de empleo en Extremadura y que contribuyan a la transición ecológica y digital.
e) P
or Evaluaciones de la Gestión del Empleo: los análisis de las actividades empresariales
sobre la posición actual y futura de sus necesidades de empleo y que contribuyan a la
transición ecológica y digital.