Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Juego. (2021064040)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Tributos, por la que se aprueba el Plan de Inspección de Juego 2022-2025.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 249
Miércoles, 29 de diciembre de 2021
62361
se levantará la correspondiente acta, así como todas las pruebas que permitan, en
su caso, la posterior incoación e instrumentación del correspondiente procedimiento
sancionador.
4. C
ontrol de horarios.
De conformidad con el artículo 32.1 k) de la Ley 6/1998, de 18 de junio, del Juego de
Extremadura, constituye infracción grave “sobrepasar los límites horarios establecidos para los establecimientos de juego”. Esta actuación tiene por objetivo controlar
el horario de apertura y cierre de los establecimientos de juego y verificar el cumplimiento de la normativa aplicable.
El horario de apertura y de cierre para los establecimientos de juego autorizados
como salones de juego se encuentran regulados en la Resolución de 24 de junio de
2021, de la Dirección General de Tributos, por la que se establece el horario de apertura y cierre de los salones de juego en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por otro parte, en los establecimientos de juego autorizados como locales específicos de apuestas será aplicable lo dispuesto en el artículo 24 del Decreto 165/2014,
de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de apuestas de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y se modifica el Reglamento del Juego del bingo de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por último, para los establecimientos de juego autorizados como bingos les será aplicable la Orden 16 de septiembre de 1996, por la que se establecen los horarios de
apertura y cierre de los establecimientos, espectáculos públicos y actividades recreativas y para los establecimientos de juego autorizados como casinos les resultará
aplicable el Decreto 115/2000, de 16 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento
de Casinos de Juego de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, los funcionarios de la Junta de Extremadura con competencias en materia de inspección de juego, especialmente la
Policía Local, por proximidad a los diferentes salones de juego ubicados en las diferentes localidades de Extremadura, priorizarán el control de horarios de apertura y
cierre de los establecimientos de Juego mediante controles específicos presenciales,
reiterándose las actuaciones en aquellos establecimientos que hayan incumplido con
anterioridad los horarios de aperturas y cierre. Igualmente durante las actuaciones
de inspección y comprobación se podrán realizar requerimientos de las grabaciones
de las cámaras de seguridad del establecimiento de juego de los días anteriores al
que se produzca la inspección a los efectos de verificar el cumplimiento de los horarios de cierre.
Miércoles, 29 de diciembre de 2021
62361
se levantará la correspondiente acta, así como todas las pruebas que permitan, en
su caso, la posterior incoación e instrumentación del correspondiente procedimiento
sancionador.
4. C
ontrol de horarios.
De conformidad con el artículo 32.1 k) de la Ley 6/1998, de 18 de junio, del Juego de
Extremadura, constituye infracción grave “sobrepasar los límites horarios establecidos para los establecimientos de juego”. Esta actuación tiene por objetivo controlar
el horario de apertura y cierre de los establecimientos de juego y verificar el cumplimiento de la normativa aplicable.
El horario de apertura y de cierre para los establecimientos de juego autorizados
como salones de juego se encuentran regulados en la Resolución de 24 de junio de
2021, de la Dirección General de Tributos, por la que se establece el horario de apertura y cierre de los salones de juego en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por otro parte, en los establecimientos de juego autorizados como locales específicos de apuestas será aplicable lo dispuesto en el artículo 24 del Decreto 165/2014,
de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de apuestas de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y se modifica el Reglamento del Juego del bingo de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por último, para los establecimientos de juego autorizados como bingos les será aplicable la Orden 16 de septiembre de 1996, por la que se establecen los horarios de
apertura y cierre de los establecimientos, espectáculos públicos y actividades recreativas y para los establecimientos de juego autorizados como casinos les resultará
aplicable el Decreto 115/2000, de 16 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento
de Casinos de Juego de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, los funcionarios de la Junta de Extremadura con competencias en materia de inspección de juego, especialmente la
Policía Local, por proximidad a los diferentes salones de juego ubicados en las diferentes localidades de Extremadura, priorizarán el control de horarios de apertura y
cierre de los establecimientos de Juego mediante controles específicos presenciales,
reiterándose las actuaciones en aquellos establecimientos que hayan incumplido con
anterioridad los horarios de aperturas y cierre. Igualmente durante las actuaciones
de inspección y comprobación se podrán realizar requerimientos de las grabaciones
de las cámaras de seguridad del establecimiento de juego de los días anteriores al
que se produzca la inspección a los efectos de verificar el cumplimiento de los horarios de cierre.