Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Juego. (2021064040)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Tributos, por la que se aprueba el Plan de Inspección de Juego 2022-2025.
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NÚMERO 249
Miércoles, 29 de diciembre de 2021
62360
probar que se encuentran o no inscritas en el Registro de Limitaciones de Acceso de
Extremadura o en otros Registros equivalentes de ámbito Nacional, sino de constatar
que son portadores de los medios de identificación exigidos por la normativa aplicable en materia de juego y por tanto han sido debidamente identificados por parte del
personal encargado del establecimiento de juego en su control de acceso.
En los supuestos que, como consecuencia de las actuaciones de inspección y comprobación, se constate la presencia de personas indocumentadas en el interior del
establecimiento, se levantará la correspondiente acta, por una presunta infracción
tipificadas en el artículo 31.1 w), según proceda, de la Ley 6/1998, de 18 de junio,
que califica como muy grave, “w) la falta de funcionamiento o funcionamiento deficiente del sistema de admisión y control así como, la ausencia de personal para el
control de admisión y la falta de actualización del Registro de Limitaciones de Acceso
de la Comunidad Autónoma de Extremadura”.
Como instrumento para colaborar en la actuación inspectora, se facilitará el acceso
a la aplicación de la Junta de Extremadura, acceso web a través del Portal Tributario, de control del Registro de Limitaciones de acceso, a los Cuerpos y Fuerzas de
Seguridad del Estado y Policía Local, permitiendo a quien realice las actuaciones de
inspección, comprobar en tiempo real, sí por parte del personal encargado del local
se está controlando el acceso y se impide la entrada a quien aparece en el citado
Registro.
3. J uego autorizado.
Estas actuaciones de inspección y control se configuran como actuaciones de seguimiento de todos los establecimientos autorizados en la Comunidad Autónoma de
Extremadura con el objeto de comprobar que cumplen con todas los requisitos y
condiciones legalmente establecidas y por las que se le concedió la correspondiente
autorización, así como todos los elementos y materiales empleados en el desarrollo
de la actividad.
Los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, Policía Local y funcionarios de la Junta de Extremadura con competencias en materia de inspección de juego, de forma
individual o conjunta, coordinados por la Dirección General de Tributos, efectuarán
al menos una visita al año en cada establecimiento autorizado como casino, bingo,
local específico de apuestas y salón de juego con el objetivo de comprobar los requisitos y las condiciones legalmente establecidas por las cuales fueron autorizados.
En los supuestos que, como consecuencia de las actuaciones de inspección y comprobación, se constate el incumplimiento de los requisitos legalmente establecidos,
Miércoles, 29 de diciembre de 2021
62360
probar que se encuentran o no inscritas en el Registro de Limitaciones de Acceso de
Extremadura o en otros Registros equivalentes de ámbito Nacional, sino de constatar
que son portadores de los medios de identificación exigidos por la normativa aplicable en materia de juego y por tanto han sido debidamente identificados por parte del
personal encargado del establecimiento de juego en su control de acceso.
En los supuestos que, como consecuencia de las actuaciones de inspección y comprobación, se constate la presencia de personas indocumentadas en el interior del
establecimiento, se levantará la correspondiente acta, por una presunta infracción
tipificadas en el artículo 31.1 w), según proceda, de la Ley 6/1998, de 18 de junio,
que califica como muy grave, “w) la falta de funcionamiento o funcionamiento deficiente del sistema de admisión y control así como, la ausencia de personal para el
control de admisión y la falta de actualización del Registro de Limitaciones de Acceso
de la Comunidad Autónoma de Extremadura”.
Como instrumento para colaborar en la actuación inspectora, se facilitará el acceso
a la aplicación de la Junta de Extremadura, acceso web a través del Portal Tributario, de control del Registro de Limitaciones de acceso, a los Cuerpos y Fuerzas de
Seguridad del Estado y Policía Local, permitiendo a quien realice las actuaciones de
inspección, comprobar en tiempo real, sí por parte del personal encargado del local
se está controlando el acceso y se impide la entrada a quien aparece en el citado
Registro.
3. J uego autorizado.
Estas actuaciones de inspección y control se configuran como actuaciones de seguimiento de todos los establecimientos autorizados en la Comunidad Autónoma de
Extremadura con el objeto de comprobar que cumplen con todas los requisitos y
condiciones legalmente establecidas y por las que se le concedió la correspondiente
autorización, así como todos los elementos y materiales empleados en el desarrollo
de la actividad.
Los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, Policía Local y funcionarios de la Junta de Extremadura con competencias en materia de inspección de juego, de forma
individual o conjunta, coordinados por la Dirección General de Tributos, efectuarán
al menos una visita al año en cada establecimiento autorizado como casino, bingo,
local específico de apuestas y salón de juego con el objetivo de comprobar los requisitos y las condiciones legalmente establecidas por las cuales fueron autorizados.
En los supuestos que, como consecuencia de las actuaciones de inspección y comprobación, se constate el incumplimiento de los requisitos legalmente establecidos,