Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021AC0085)
Acuerdo de 28 de octubre de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de modificación puntual n.º 14 (1/2021) de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal para el cambio de los usos permitidos en el suelo urbano de uso industrial. Guareña.
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NÚMERO 238

58704

Martes, 14 de diciembre de 2021

Artículo 22.10 CONDICIONES PARTICULARES DE USO
Uso Global

Usos Pormenorizados

Uso Principal

A. Actividad Industrial en Grado 1
No se permiten
B. Actividad Industrial en Grado 2
Categorías: 1, 2; 3; 5; 7; 9; 10; 11; 12; 13; 14; 15;
16; 17; 18; 19; 20; 21
INDUSTRIA Y ALMACÉN

C. Actividad Industrial en Grado 3
Categorías: Todas.
D. Actividad Industrial en Grado 4
Categorías: Todas
E. Actividad Industrial en Grado 5
Categorías: Todas
Comercial: Local Comercial

TERCIARIO

Oficinas: Asociadas a la actividad principal

Uso
Prohibido

Usos Complementarios

Hostelería:
RESIDENCIAL

Vivienda Unifamiliar en concepto de Guarda y
Custodia de las instalaciones.
A. Dotaciones:
Categorías: 1, 2, 3, 4, 6, 8

DOTACIONES Y SERVICIOS PÚBLICOS

B. Servicios Públicos:
Categoría: 11 Infraestructura
En concreto instalaciones de depuración de aguas
residuales.

ESPACIOS LIBRES

Categorías: la;2a;3a,4a

VIARIO

Todas las Categorías

APARCAMIENTO, GARAJE

En Plantas: Baja, Sótano, Semisótano.

Los No Enumerados

ARTÍCULO 22.10.bis. CONDICIONES PARTICULARES DE USO.
Los proyectos de actividad deberán contar con los instrumentos de intervención ambiental
pertinentes según lo establecido en la legislación de protección ambiental, de modo que
permitan establecer los sistemas de prevención de impactos por emisiones, inmisiones o
vertidos de sustancias o mezclas potencialmente contaminantes.