Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Acción Cinegética. Ayudas. (2021063685)
Resolución de 25 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de ayudas a la gestión de subproductos animales no destinados al consumo humano (SANDACH), vinculadas a las acciones cinegéticas de caza mayor colectiva llevadas a cabo en cotos cuyo titular sea una Sociedad Local de Cazadores en la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondientes al ejercicio 2022.
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NÚMERO 236
Viernes 10 de diciembre de 2021

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6. C
 ontra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
de alzada ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población
y Territorio o ante el órgano que dicta la resolución, en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente a la recepción de la notificación de la citada Resolución, según lo dispuesto en
el artículo 122 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, teniendo en cuenta que contra la Resolución de Recurso
de Alzada no cabra ningún otro recurso administrativo, salvo recurso extraordinario de
revisión, en los casos establecidos en el artículo 125.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
7. Las subvenciones concedidas serán objeto de publicación conforme se establece en el artículo 9.6 del Decreto 62/2017, de 16 de mayo.
Noveno. Criterios de otorgamiento de la subvención.
1. Los criterios de valoración a tener en cuenta, para establecer un orden de prelación, aplicándose el régimen de concurrencia competitiva, serán los siguientes:
1.1. Número de acciones cinegéticas de caza mayor colectiva por temporada de caza:


— 1 acción: 2 puntos.



— De dos a 5 acciones: 3 puntos.



— Mas de 5 acciones: 5 puntos.

1.2. Capturas medias realizadas en las tres últimas temporadas de caza:


— Menos de 20 piezas de caza mayor: 5 puntos.



— Entre 21 y 40 piezas de caza mayor: 3 puntos.



— Mas de 40 piezas de caza mayor: 1 punto.

2. E
 n caso de empate se otorgará prioridad a las entidades solicitantes que hayan justificado
haber ejecutado mayor porcentaje de actuaciones de caza mayor conforme a su Plan Técnico de Caza colectiva, del siguiente modo:
1º Quienes hayan justificado el 100 % de las actuaciones obrantes en el Plan.
2º Quienes hayan justificado un porcentaje mayor al 50 % sin llegar a 100 % de las actuaciones obrantes en el Plan.
3º Quienes hayan justificado un porcentaje menor del 50 % de las actuaciones obrantes
en el Plan.