Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021063577)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, el Servicio Extremeño de Salud y la Sociedad de Responsabilidad Limitada ITEP Formación, SL, para la realización de prácticas de formación profesional de la Rama Sanitaria.
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NÚMERO 234
Martes 7 de diciembre de 2021

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i) Facilitar al tutor académico el acceso a la entidad para el cumplimiento de los fines propios de su función.
j) Guardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca del estudiante como consecuencia de su actividad como tutor.
k) Prestar ayuda y asistencia al estudiante, durante su estancia en la entidad, para la
resolución de aquellas cuestiones de carácter profesional que pueda necesitar en el
desempeño de las actividades que realiza en la misma.
Novena. Derechos y deberes del tutor académico.
El tutor académico tendrá los siguientes derechos:
a) Al reconocimiento efectivo de su actividad académica, de acuerdo con su normativa
interna.
b) A ser informado acerca de la normativa que regula las prácticas formativas, así como
del programa formativo y de las condiciones bajo las que se desarrollará la estancia del
estudiante a tutelar.
c) Tener acceso a la entidad para el cumplimiento de los fines propios de su función.
Asimismo, tendrá los siguientes deberes:
a) Velar por el normal desarrollo del programa formativo, garantizando la compatibilidad
del horario de realización de las prácticas con las obligaciones académicas, formativas
y de representación y participación del estudiante.
b) Hacer un seguimiento efectivo de las prácticas coordinándose para ello con el tutor del
centro sanitario.
c) Autorizar las modificaciones que se produzcan en el programa formativo.
d) Llevar a cabo el proceso evaluador de las prácticas del estudiante tutelado
e) G
 uardar confidencialidad en relación con cualquier información que conozca como consecuencia de su actividad como tutor.
f) Informar al órgano responsable de las prácticas externas de las posibles incidencias
surgidas.
g) Supervisar, y en su caso solicitar, la adecuada disposición de los recursos de apoyo necesarios para asegurar que los estudiantes con discapacidad realicen sus prácticas en
condiciones de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal.