Consejería De Educación Y Empleo. Centros Docentes Públicos. Directores. (2021050174)
Orden de 4 de octubre de 2021 por la que se convoca el procedimiento de evaluación de la función directiva en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 196

48531

Lunes, 11 de octubre de 2021

INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN
PERSONAL RELATIVA A:

DE

LOS

DATOS

DE

CARÁCTER

PARTICIPACIÓN EN LA EVALUACIÓN DE LA FUNCIÓN DIRECTIVA EN LOS
CENTROS DOCENTES PÚBLICOS NO UNIVERSITARIOS DE LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA DE EXTREMADURA DEL CURSO 2021-2022.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la Consejería
de Educación y Empleo le informa que los datos de carácter personal recogidos en
esta solicitud van a ser incorporados, para su tratamiento, a un Registro de
Actividades de Tratamiento. El responsable del mismo será la Consejería de
Educación y Empleo.
Responsable del tratamiento: Consejería de Educación y Empleo.
Dirección: Avda. Valhondo, Edificio III Milenio Módulo 5, 4ª Planta 06800 Mérida
Teléfono: 924006743-5
Correo electrónico: evaluacionycalidad@educarex.es
Delegado/a de protección de datos: evaluacionycalidad@educarex.es
Finalidad del tratamiento.
1. La evaluación del desempeño del cargo de director o directora durante su
mandato tiene como objetivo general la mejora permanente del ejercicio de la
dirección y, en consecuencia, el aumento de la calidad educativa del
correspondiente centro docente.
2. También tiene como objetivo específico posibilitar, en los términos establecidos
en la normativa reguladora, la renovación del mandato de los directores y las
directoras, nombrados previo concurso de méritos, que obtengan una valoración
positiva, así como el reconocimiento personal, profesional y económico a que alude
el artículo 139 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, en los términos que
establezca la normativa que regule esta materia.
Conservación de datos.
La conservación de los datos será conservada
procedimiento y posteriormente durante los plazos
normativa y durante el plazo que un juez o tribunal
esos plazos podrán ser trasladados al Archivo Histórico
vigente.

hasta la finalización del
legalmente previstos en la
pueda reclamar. Cumplidos
de acuerdo con la normativa

Licitud y base jurídica del tratamiento.
La base legal para los tratamientos indicados en el RGPD 6 1C) tratamiento
necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del
tratamiento en el artículo 8 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
Destinatarios.
Podrán ser comunicados a otros organismos u órganos de la Administración Publica
sin precisar el previo consentimiento del interesado. Cuando así lo prevea una
norma de Derecho de la Unión Europea o una Ley, que determine que las cesiones
procedan como consecuencia del cumplimiento de la obligación legal, aunque se
deberá informar de este tratamiento al interesado, salvo excepciones previstas en
el artículo 145.