Universidad De Extremadura. Personal Docente. Contratación. (2021062350)
Resolución de 21 de julio de 2021, del Rector, por la que se ejecuta el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba la normativa de contratación del profesorado en régimen laboral de la Universidad de Extremadura 2021 y se ordena su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 143
Martes, 27 de julio de 2021

38698

540 Ingeniería Hidráulica.
545 Ingeniería Mecánica.


590 Máquinas y Motores Térmicos.



720 Proyectos de Ingeniería.

f) Los requisitos específicos que para cada uno de los distintos tipos de plazas que se recogen en esta normativa.
2. En el caso de que la titulación exigida para la plaza se haya obtenido en el extranjero deberá haberse concedido la correspondiente homologación en España, que se acreditará
mediante credencial expedida por la Subdirección General de Títulos, Convalidaciones y
Homologaciones, no siendo suficiente la mera presentación de documentos que acrediten
haber solicitado la homologación (Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el
que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de
equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación
de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior
de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero
Técnico y Diplomado, que derogó al anterior).
“Asimismo, los títulos obtenidos por nacionales de cualquier Estado miembro de la Unión
Europea en otros Estados miembros deberán estar acompañados por la correspondiente
resolución de reconocimiento del título expedido en dichos Estados”
3. Toda persona concursante originaria de países no hispanohablantes deberá acreditar el
nivel de conocimiento del idioma español necesario para el desempeño de su labor docente
que se considerará el C1 según el marco común europeo de referencia para las lenguas (en
http://www.crue.org/SitePages/Mesas-linguisticas.aspx), siempre y cuando el perfil de la
plaza sea en lengua castellana.
4. 
Para incorporarse a una plaza que tenga por objeto cubrir necesidades de impartir docencia en idiomas que no sean el castellano será necesario tener la capacidad para la docencia en dicho idioma, capacidad que se acreditará con títulos equivalentes al nivel C1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas
(en http://www.crue.org/SitePages/Mesas-linguisticas.aspx).
5. Para las plazas que se convoquen en virtud de convenios o acuerdos dentro del seno de la
UEx o con otras universidades o instituciones públicas o privadas, podrán incluirse en la