Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Deportes. Ayudas. (2021062352)
Resolución de 1 de julio de 2021, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de las ayudas para la realización de eventos deportivos de especial interés en la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2021.
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NÚMERO 143
Martes, 27 de julio de 2021
38634
No será necesaria la presentación de la documentación exigida que ya estuviera en poder
de las Administraciones Públicas, si el solicitante se acoge a lo establecido en letra d) del
artículo 53 de la Ley 39/2015 de PACAP siempre que se haga constar la fecha y el órgano o
dependencia en que fue presentada o, en su caso, emitida, y cuando no hayan transcurrido
más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan, haciendo
constar tal circunstancia en el anexo de solicitud.
6. Subsanación de errores. Si las solicitudes o la documentación presentada no reuniesen los
requisitos establecidos, se concederá un plazo de 10 días hábiles, de acuerdo con el artículo 23.5 de la Ley de subvenciones de la CAEX, para que la entidad solicitante subsane
el defecto o acompañe la documentación preceptiva, con indicación de que, si así no se
hiciera, se la tendrá por desistida de su petición, previa resolución, que deberá ser dictada
en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015 de PACAP.
7. Datos de carácter personal. Los datos de carácter personal facilitados serán incorporados a
un fichero automatizado de datos de titularidad de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, con objeto de ser tratados para la finalidad propia para la que han sido solicitados
y aportados, y su tratamiento estará sujeto a la normativa que les resultara de aplicación.
Las entidades interesadas podrán ejercer, en los términos establecidos en Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos
Digitales, los derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, limitación del tratamiento, y portabilidad, dirigiendo a la Administración las solicitudes y reclamaciones a tal
propósito en la forma determinada en el anexo 10 de esta convocatoria.
Octavo. Procedimiento de concesión.
1. El procedimiento para el otorgamiento de las ayudas será el de concesión directa, mediante
convocatoria abierta y anual, previsto en los artículos 22.2 y 29 de la Ley Subvenciones de
la CAEX, en virtud del cual las subvenciones podrán irse concediendo conforme se vayan
solicitando por las entidades deportivas interesadas, en la cuantía individualizada que resulte de la aplicación de los requisitos y criterios establecidos en la presente convocatoria.
2. El plazo máximo de vigencia de la convocatoria a efectos de presentación de solicitudes
se extenderá hasta el 31 de enero de 2022, sin que para cada caso puedan excederse los
plazos establecidos en el apartado 4 del resuelve séptimo de la presente convocatoria.
Noveno. Ordenación e instrucción.
1. El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento de concesión
será la Dirección General de Deportes de la Junta de Extremadura, que realizará de oficio
cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comproba-
Martes, 27 de julio de 2021
38634
No será necesaria la presentación de la documentación exigida que ya estuviera en poder
de las Administraciones Públicas, si el solicitante se acoge a lo establecido en letra d) del
artículo 53 de la Ley 39/2015 de PACAP siempre que se haga constar la fecha y el órgano o
dependencia en que fue presentada o, en su caso, emitida, y cuando no hayan transcurrido
más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan, haciendo
constar tal circunstancia en el anexo de solicitud.
6. Subsanación de errores. Si las solicitudes o la documentación presentada no reuniesen los
requisitos establecidos, se concederá un plazo de 10 días hábiles, de acuerdo con el artículo 23.5 de la Ley de subvenciones de la CAEX, para que la entidad solicitante subsane
el defecto o acompañe la documentación preceptiva, con indicación de que, si así no se
hiciera, se la tendrá por desistida de su petición, previa resolución, que deberá ser dictada
en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015 de PACAP.
7. Datos de carácter personal. Los datos de carácter personal facilitados serán incorporados a
un fichero automatizado de datos de titularidad de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, con objeto de ser tratados para la finalidad propia para la que han sido solicitados
y aportados, y su tratamiento estará sujeto a la normativa que les resultara de aplicación.
Las entidades interesadas podrán ejercer, en los términos establecidos en Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos
Digitales, los derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, limitación del tratamiento, y portabilidad, dirigiendo a la Administración las solicitudes y reclamaciones a tal
propósito en la forma determinada en el anexo 10 de esta convocatoria.
Octavo. Procedimiento de concesión.
1. El procedimiento para el otorgamiento de las ayudas será el de concesión directa, mediante
convocatoria abierta y anual, previsto en los artículos 22.2 y 29 de la Ley Subvenciones de
la CAEX, en virtud del cual las subvenciones podrán irse concediendo conforme se vayan
solicitando por las entidades deportivas interesadas, en la cuantía individualizada que resulte de la aplicación de los requisitos y criterios establecidos en la presente convocatoria.
2. El plazo máximo de vigencia de la convocatoria a efectos de presentación de solicitudes
se extenderá hasta el 31 de enero de 2022, sin que para cada caso puedan excederse los
plazos establecidos en el apartado 4 del resuelve séptimo de la presente convocatoria.
Noveno. Ordenación e instrucción.
1. El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento de concesión
será la Dirección General de Deportes de la Junta de Extremadura, que realizará de oficio
cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comproba-