Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021AC0052)
Acuerdo de 25 de febrero de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre aprobación del Plan General Municipal "Simplificado" de Acehúche.
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NÚMERO 141

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Viernes, 23 de julio de 2021

USOS
PERMITIDOS

Instalaciones en Relación a Infraestructuras o Servicios Públicos

Parcela Mínima: 15.000 m2
Retranqueo a Linderos: 5 m
Retranqueo a eje de caminos o vías de acceso: 15 m
Tipología de la Edificación: Aislada
Edificabilidad Máxima: 0,02 m2/m2
Ocupación Máxima: 5 %, máximo 2.500 m2
Número de Plantas: 2 Unidades. Se evitará la instalación de
construcciones y edificaciones de más de una planta en aquellos
hábitats naturales de interés comunitario relacionados con el
arbolado.
Altura de la edificación: 7 m
Sótano y Semisótano: Permitidos
Bajo cubierta: Permitidos.
Pendiente Máxima de Cubierta: 30 grados
Normativa e Instrucciones específicas: Cada tipo de estas
OBSERVACIONES
instalaciones se sujetará a la normativa específica que pueda
afectarle.
En relación con las carreteras, sólo se admitirán como relacionadas
con las conservación y servicio de las obras públicas las actividades y
construcciones siguientes:
Estaciones de suministro de carburantes; áreas destinadas a
aparcamiento y zonas de reposo; zonas destinadas a paradas de
autobuses, básculas de peaje y lugares de socorro público.
Las construcciones no podrán ser adscritas al uso de viviendas ni a
instalación comercial, salvo en el caso de que se trate anejas
vinculadas al uso autorizado, destinada exclusivamente al vigilante
de las instalaciones y se cumplan las restantes condiciones que le
sean de aplicación.
En cualquiera de los casos excepcionales recogidos en los dos puntos
precedentes, tanto la vivienda como la instalación comercial
computarán a los efectos de la ocupación permitida.
USOS
PERMITIDOS

Carteles y Vallas

Requerirán Informe Previo de la Dirección General de Medio
Ambiente.
Se permite la colocación y el mantenimiento de anuncios, vallas
publicitarias o instalaciones de características similares siempre y
OBSERVACIONES
cuando sean oficiales, y reúnan las características fijadas por la
Administración en cada caso competente que se sitúen en carreteras o
edificios y construcciones y no sobresalgan, en este último caso del
plano de la fachada.
USOS
PERMITIDOS

Instalaciones Destinadas a la Obtención de Energías Renovables

Requieren concesión de Calificación Urbanística.
No tendrán ésta consideración las destinadas a la producción de
energía para la propia explotación o propiedad, o aquellas otras que
OBSERVACIONES
ocupen un espacio inferior a 4 metros cuadrados por cada Ha. de
terreno y se localicen próximas a las explotaciones o viviendas.
En este epígrafe se recogen aquellas instalaciones destinadas a la
obtención de energía mediante la explotación de recursos

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