Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Administración Electrónica. (2021062061)
Resolución de 24 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se establecen determinadas actuaciones administrativas automatizadas en el ámbito de actuación de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital.
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NÚMERO 124
Miércoles, 30 de junio de 2021
33013
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL
RESOLUCIÓN de 24 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que
se establecen determinadas actuaciones administrativas automatizadas en el
ámbito de actuación de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital.
(2021062061)
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público en su artículo 41,
define la actuación administrativa automatizada como cualquier acto o actuación realizada íntegramente a través de medios electrónicos por una Administración Pública en el marco de un
procedimiento administrativo y en la que no haya intervenido de forma directa un empleado
público.
En estos casos, dicho precepto prevé que deberá establecerse previamente el órgano u órganos competentes, según los casos, para la definición de las especificaciones, programación,
mantenimiento, supervisión y control de calidad y, en su caso, auditoría del sistema de información y de su código fuente. Asimismo, continúa el precepto, deberá indicarse el órgano que
debe ser considerado responsable a efectos de impugnación.
Por su parte, en su artículo 42 se establece la posibilidad de usar el Sello Electrónico de Administración Pública, órgano, organismo público o entidad de derecho público, basado en certificado electrónico reconocido o cualificado que reúna los requisitos exigidos por la legislación
de firma electrónica como sistema de firma para la actuación administrativa automatizada.
En nuestro ámbito, el Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura dedica sus artículos 39 y 40 a los
sistemas de firma electrónica para la actuación administrativa automatizada y a los sistemas
de firma electrónica mediante sello electrónico, respectivamente.
El Decreto-Ley 5/2021, de 9 de junio, por el que se regulan y establecen ayudas directas a
autónomos y empresas, financiadas por el Gobierno de España; tiene por objeto establecer
las normas que deberán regir la concesión directa de subvenciones para empresas, cualquiera
que sea su forma jurídica, incluyendo Comunidades de Bienes y entidades sin personalidad
jurídica, autónomos y profesionales con centro productivo en la Comunidad Autónoma de
Extremadura que tengan domicilio fiscal en territorio español.
En el marco de estas ayudas directas, el establecimiento de una actuación administrativa
automatizada es posible, ya que la tramitación de las mismas se gestiona a través de un
aplicativo informático, mediante la aplicación de tecnologías de automatización basada en
determinados parámetros previamente configurados, realizando la constatación puramente
Miércoles, 30 de junio de 2021
33013
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL
RESOLUCIÓN de 24 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que
se establecen determinadas actuaciones administrativas automatizadas en el
ámbito de actuación de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital.
(2021062061)
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público en su artículo 41,
define la actuación administrativa automatizada como cualquier acto o actuación realizada íntegramente a través de medios electrónicos por una Administración Pública en el marco de un
procedimiento administrativo y en la que no haya intervenido de forma directa un empleado
público.
En estos casos, dicho precepto prevé que deberá establecerse previamente el órgano u órganos competentes, según los casos, para la definición de las especificaciones, programación,
mantenimiento, supervisión y control de calidad y, en su caso, auditoría del sistema de información y de su código fuente. Asimismo, continúa el precepto, deberá indicarse el órgano que
debe ser considerado responsable a efectos de impugnación.
Por su parte, en su artículo 42 se establece la posibilidad de usar el Sello Electrónico de Administración Pública, órgano, organismo público o entidad de derecho público, basado en certificado electrónico reconocido o cualificado que reúna los requisitos exigidos por la legislación
de firma electrónica como sistema de firma para la actuación administrativa automatizada.
En nuestro ámbito, el Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura dedica sus artículos 39 y 40 a los
sistemas de firma electrónica para la actuación administrativa automatizada y a los sistemas
de firma electrónica mediante sello electrónico, respectivamente.
El Decreto-Ley 5/2021, de 9 de junio, por el que se regulan y establecen ayudas directas a
autónomos y empresas, financiadas por el Gobierno de España; tiene por objeto establecer
las normas que deberán regir la concesión directa de subvenciones para empresas, cualquiera
que sea su forma jurídica, incluyendo Comunidades de Bienes y entidades sin personalidad
jurídica, autónomos y profesionales con centro productivo en la Comunidad Autónoma de
Extremadura que tengan domicilio fiscal en territorio español.
En el marco de estas ayudas directas, el establecimiento de una actuación administrativa
automatizada es posible, ya que la tramitación de las mismas se gestiona a través de un
aplicativo informático, mediante la aplicación de tecnologías de automatización basada en
determinados parámetros previamente configurados, realizando la constatación puramente