Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021061990)
Resolución de 18 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual n.º 3 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Villa del Rey. Expte.: IA20/1103.
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NÚMERO 124

33031

Miércoles, 30 de junio de 2021



Existe un plan territorial en tramitación, el Plan Territorial del Tajo-Salor, en cuyo ámbito se encuentra el municipio de Villa del Rey. Dicho plan territorial no dispone a día
de hoy de Aprobación Inicial, por lo que su aplicabilidad no se prevé a corto plazo, no
afectando por tanto a la modificación n.º 3 de las Normas Subsidiarias de Villa del Rey,
así mismo no existen Proyectos de Interés Regional en vigor afectados por la modificación n.º 3 de las Normas Subsidiarias de Villa del Rey.

3.2. Características de los efectos y del área probablemente afectada.


Las parcelas catastrales afectadas por la propuesta de modificación son las siguientes:
10212A004001540000ZQ;

10212A004001540001XW;

6921102PD8962S0001SJ;

6921103PD8962S0001ZJ;

6921104PD8962S0001UJ;

6921105PD8962S0000GH;

6921106PD8962S0001WJ;

6921107PD8962S0001AJ;

6921108PD8962S0001BJ;

6921109PD8962S0001YJ.


Se trata de áreas colindantes con el Suelo Urbano Consolidado, los viarios que delimitan la zona objeto de modificación están urbanizados contando con pavimentación,
acerados, red de saneamiento, red de abastecimiento de agua, red de energía eléctrica y red de alumbrado público. En la parcela no existen edificaciones. La zona tiene
una topografía llana y se encuentra prácticamente desprovista de vegetación arbórea
y arbustiva.



Los terrenos objeto de estudio se localizan en Red Natura 2000, concretamente en
la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) y Zona de Especial Conservación
(ZEC) “Llanos de Alcántara y Brozas”. Según la zonificación establecida en el Plan de
Gestión de la ZEPA/ZEC “Llanos de Alcántara y Brozas” la modificación puntual se
plantea en la Zona de Interés.



En el área afectada no hay valores naturales reconocidos en los Planes de Gestión de
los Espacios Natura 2000 y/o en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio
Natural y de la Biodiversidad.



Según la información facilitada por la Confederación Hidrográfica del Tajo, no se
detecta la presencia de cauces públicos en las inmediaciones del ámbito de actuación.
El cauce más cercano que se obtiene de la base de datos de la Confederación es un
afluente del arroyo Eriales que se encuentra a una distancia mayor a 280 m. De igual
modo, no se detecta la presencia de masas de agua subterránea en el ámbito de
actuación.



La modificación propuesta no afecta al dominio de vías pecuarias ni a Montes de Utilidad Pública o terrenos forestales. No se observa que la modificación pueda ocasionar
efectos significativos en la ictiofauna. El término municipal de Villa del Rey no se encuentra incluido en Zona de Alto Riesgo de Incendios Forestales.