Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Delegación De Competencias. (2021061956)
Resolución de 17 de junio de 2021, de la Dirección General de Accesibilidad y Centros, por la que se delegan competencias en diversas materias.
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NÚMERO 124
32873
Miércoles, 30 de junio de 2021
RESUELVO:
Primero. Delegar en la Jefatura de Servicio adscrita a la Dirección General de Accesibilidad y
Centros la competencia para:
a) Formular la propuesta de resolución de concesión de subvenciones cuando esta competencia esté expresamente atribuida en las bases reguladoras al titular de la Dirección
General de Accesibilidad y Centros.
Igualmente, se delegan las competencias atribuidas a esta Dirección General para la
propuesta de resolución de los procedimientos de pérdida de derechos, revocación, reintegro, sancionadores y de renuncia de las subvenciones en las materias referidas en
el párrafo anterior.
b) Formular la propuesta de resolución de los recursos de reposición que se interpongan
contra resoluciones dictadas en los procedimientos de revocación y reintegro.
Segundo. La delegación de competencias contenida en la presente resolución será revocable
en cualquier momento por el órgano delegante, quien podrá también avocar para sí el conocimiento del asunto, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o
territorial lo hagan conveniente.
Tercero. Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de delegación de competencias se considerarán dictadas por el órgano delegante e indicarán expresamente esta circunstancia, con las precisiones que se establecen en el artículo 73.4 de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Los actos y resoluciones dictados en el ejercicio de las competencias señaladas por
los órganos y unidades administrativas indicados en los apartados anteriores realizados hasta
la fecha de la presente delegación quedan convalidados mediante esta resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quinto. La presente resolución surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Diario
Oficial de Extremadura.
Mérida, 17 de junio de 2021.
La Directora General de Accesibilidad y Centros,
MARÍA ÁNGELES LÓPEZ AMADO
32873
Miércoles, 30 de junio de 2021
RESUELVO:
Primero. Delegar en la Jefatura de Servicio adscrita a la Dirección General de Accesibilidad y
Centros la competencia para:
a) Formular la propuesta de resolución de concesión de subvenciones cuando esta competencia esté expresamente atribuida en las bases reguladoras al titular de la Dirección
General de Accesibilidad y Centros.
Igualmente, se delegan las competencias atribuidas a esta Dirección General para la
propuesta de resolución de los procedimientos de pérdida de derechos, revocación, reintegro, sancionadores y de renuncia de las subvenciones en las materias referidas en
el párrafo anterior.
b) Formular la propuesta de resolución de los recursos de reposición que se interpongan
contra resoluciones dictadas en los procedimientos de revocación y reintegro.
Segundo. La delegación de competencias contenida en la presente resolución será revocable
en cualquier momento por el órgano delegante, quien podrá también avocar para sí el conocimiento del asunto, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o
territorial lo hagan conveniente.
Tercero. Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de delegación de competencias se considerarán dictadas por el órgano delegante e indicarán expresamente esta circunstancia, con las precisiones que se establecen en el artículo 73.4 de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Los actos y resoluciones dictados en el ejercicio de las competencias señaladas por
los órganos y unidades administrativas indicados en los apartados anteriores realizados hasta
la fecha de la presente delegación quedan convalidados mediante esta resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quinto. La presente resolución surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Diario
Oficial de Extremadura.
Mérida, 17 de junio de 2021.
La Directora General de Accesibilidad y Centros,
MARÍA ÁNGELES LÓPEZ AMADO