Consejería De Igualdad Y Portavocía. Programas Infantiles Y Juveniles. Ayudas. (2021050113)
Orden de 21 de junio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas destinadas a financiar proyectos de dinamización juvenil en el marco del programa Diviértete Extremadura.
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NÚMERO 121

31911

Viernes, 25 de junio de 2021

POBLACIÓN MANCOMUNIDAD

NÚMERO DE MONITORES A CONTRATAR

DE 19.501 A 24.000 HAB.

5

DE 24.001 A 28.500 HAB.

6

DE 28.501 A 33.000 HAB.

7

DE 33.001 A 37.500 HAB.

8

DE 37.501 A 42.000 HAB.

9

DE 42.001 A 46.500 HAB.

10

DE 46.501 A 51.000 HAB.

11

A PARTIR DE 51.001 HAB.

12

Las resoluciones de convocatorias podrán, para el ejercicio en que se publiquen, ajustar
esta tabla en función de las actualizaciones realizadas por el Instituto Nacional de Estadística en los datos de población de los municipios de Extremadura.
7. L
 a mancomunidad beneficiaria verificará que las personas contratadas cumplen lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del
Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil; debiendo
poder justificar dicho cumplimiento en cualquier momento a requerimiento del Instituto de
la Juventud de Extremadura.
Artículo 6. Gastos subvencionables.
1. Los gastos subvencionables deberán ser gastos necesarios para la ejecución del proyecto y
estar directamente relacionados con la ejecución del mismo.
2. L
 os gastos deberán corresponder a las actividades realizadas y facturadas durante el período de ejecución del proyecto, y pagados antes de la fecha límite del plazo de justificación
final establecida en el artículo 16.3. Se entiende por período de ejecución el establecido en
la convocatoria para el correspondiente año.