Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2021061703)
Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto planta solar fotovoltaica "Piñuela" e infraestructura de evacuación, cuyo promotor es Mururoa Solar, SL, en el término municipal de Cáceres. Expte.: IA20/118.
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NÚMERO 111
Viernes, 11 de junio de 2021
29255
El área de estudio presenta una calidad baja del paisaje, por estar situada en zona
antropizada, la fragilidad es evidente, ya que no existen estructuras ni formaciones
vegetales que puedan enmascarar el proyecto, por lo que se deben extremar las
medidas para minimizar al máximo la afección al paisaje, para lo cual se establecen
medidas preventivas y correctoras.
— Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
Durante la fase de construcción del proyecto la calidad del aire se verá afectada por
la emisión difusa de partículas de polvo y emisiones gaseosas a la atmósfera y se generará ruido, en todos los casos producidos por el funcionamiento de la maquinaria
y movimientos de tierra. Las medidas preventivas y correctoras habituales para este
tipo de obras disminuyen el impacto causado. En la fase de funcionamiento de las
instalaciones fotovoltaicas el impacto sobre la calidad del aire es mínimo, lo mismo
que el ruido y la contaminación lumínica.
— Patrimonio arqueológico y dominio público
Según la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, la actividad
proyectada tiene una afección directa sobre Colmenarejo de la Plaza. Yacimiento 1. “El
Mochuelo” (Romano, Villa). Se ha podido identificar restos de material constructivo
(tégula y ladrillo refractario) y cerámico (cerámica común, dolia, etc.). En principio
no hay estructuras coherentes en este punto ni por los alrededores, sólo algunas
alineaciones de bloques que varían de mediano a gran tamaño aparentemente sin
desbastar y que parecen confundirse con los afloramientos de la roca madre (pizarra)
en los que se concentran, en proporción, la mayor cantidad de los restos localizados.
Igualmente se han podido localizar agujeros de expoliación en las cercanías. El área
de aproximada que ocuparía la extensión del yacimiento, basándonos en la dispersión
del material y tomando como eje central el P.K. 10.500 es de 11,32 Has. Dada la
cercanía de la instalación prevista respecto a numerosos elementos de naturaleza
arqueológica y con vistas a la protección del patrimonio arqueológico no detectado,
se adoptarán por la empresa adjudicataria una serie de medidas preventivas.
No se prevé ninguna afección sobre monte de utilidad pública.
No se prevé afección sobre vías pecuarias, en todo caso, cualquier actuación en
terrenos pertenecientes a vías pecuarias deberá contar con las correspondientes
autorizaciones del Servicio de Infraestructuras Rurales de la Secretaría General de
Población y Desarrollo Rural de la Junta de Extremadura, con el fin de ordenar este
bien de dominio público y facilitar los usos tradicionales de las mismas, así como los
complementarios que considera la legislación vigente.
Viernes, 11 de junio de 2021
29255
El área de estudio presenta una calidad baja del paisaje, por estar situada en zona
antropizada, la fragilidad es evidente, ya que no existen estructuras ni formaciones
vegetales que puedan enmascarar el proyecto, por lo que se deben extremar las
medidas para minimizar al máximo la afección al paisaje, para lo cual se establecen
medidas preventivas y correctoras.
— Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
Durante la fase de construcción del proyecto la calidad del aire se verá afectada por
la emisión difusa de partículas de polvo y emisiones gaseosas a la atmósfera y se generará ruido, en todos los casos producidos por el funcionamiento de la maquinaria
y movimientos de tierra. Las medidas preventivas y correctoras habituales para este
tipo de obras disminuyen el impacto causado. En la fase de funcionamiento de las
instalaciones fotovoltaicas el impacto sobre la calidad del aire es mínimo, lo mismo
que el ruido y la contaminación lumínica.
— Patrimonio arqueológico y dominio público
Según la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, la actividad
proyectada tiene una afección directa sobre Colmenarejo de la Plaza. Yacimiento 1. “El
Mochuelo” (Romano, Villa). Se ha podido identificar restos de material constructivo
(tégula y ladrillo refractario) y cerámico (cerámica común, dolia, etc.). En principio
no hay estructuras coherentes en este punto ni por los alrededores, sólo algunas
alineaciones de bloques que varían de mediano a gran tamaño aparentemente sin
desbastar y que parecen confundirse con los afloramientos de la roca madre (pizarra)
en los que se concentran, en proporción, la mayor cantidad de los restos localizados.
Igualmente se han podido localizar agujeros de expoliación en las cercanías. El área
de aproximada que ocuparía la extensión del yacimiento, basándonos en la dispersión
del material y tomando como eje central el P.K. 10.500 es de 11,32 Has. Dada la
cercanía de la instalación prevista respecto a numerosos elementos de naturaleza
arqueológica y con vistas a la protección del patrimonio arqueológico no detectado,
se adoptarán por la empresa adjudicataria una serie de medidas preventivas.
No se prevé ninguna afección sobre monte de utilidad pública.
No se prevé afección sobre vías pecuarias, en todo caso, cualquier actuación en
terrenos pertenecientes a vías pecuarias deberá contar con las correspondientes
autorizaciones del Servicio de Infraestructuras Rurales de la Secretaría General de
Población y Desarrollo Rural de la Junta de Extremadura, con el fin de ordenar este
bien de dominio público y facilitar los usos tradicionales de las mismas, así como los
complementarios que considera la legislación vigente.