Servicio Extremeño Público De Empleo. Economía Social. Subvenciones. (2021061642)
Resolución de 20 de mayo de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria para el ejercicio 2021-2022 de las subvenciones para el fomento del empleo en la economía social al amparo del Decreto 89/2016, de 28 de junio.
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NÚMERO 107
Lunes, 7 de junio de 2021

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INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD

1.

Cumplimentar TODOS los campos que correspondan, con letra de imprenta, que sea legible y clara. En especial, rellenar el
campo de teléfono y dirección para contactar en caso necesario.

2.

No podrán acumularse en un mismo impreso de solicitud, la petición de subvención por acciones del Programa de Ayudas I
(Incorporación de personas socias – trabajadoras o de trabajo) y del Programa de Ayudas II (Apoyo Técnico). En caso de
solicitarse ambas modalidades se presentarán en impresos separados.

3.

La solicitud deberá firmarla siempre, la representación legal de la sociedad o entidad (presidente, administrador único,
administrador solidario, administradores mancomunados, etc.). En el caso de que la firme persona distinta en virtud de
apoderamiento, deberá acompañarse copia del documento público mediante el cual se otorgan los poderes. Cuando el órgano
de administración de la entidad solicitante lo constituyan varias personas, que actúen mediante un sistema de representación
mancomunada, deberán constar los datos y firma de TODAS ellas.

4.

TIPO DE AYUDA SOLICITADA. En el apartado de la solicitud relativo al nº de personas por las que se solicita subvención,
según sea del Programa I (personas socias) o Programa II (personas trabajadoras), deberá indicarse el número de personas
por cuyas incorporaciones a la sociedad o contrataciones se solicita la ayuda, según la modalidad.

5.

Cada persona trabajadora o socia trabajadora debe estar encuadrado en una única modalidad.

6.

En caso del Programa I, en el apartado GASTOS DE CONSTITUCION se marcará la petición de dicho concepto y además se
indicará la cuantía solicitada y justificada, con el máximo establecido normativamente (1.000 €). En este mismo Programa, en
el caso de GASTOS DE INTEGRACIÓN COOPERATIVA se marcará la petición de dicho concepto y además se indicará la
cuantía solicitada y justificada, con el máximo establecido normativamente (1.000 €).

7.

CLÁUSULA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL. En el caso de marcarse esta opción se asume la declaración de
responsabilidad social incluida en la declaración responsable, relativa al cumplimiento de los requisitos necesarios para ello
(calificación como empresa socialmente responsable de la Comunidad Autónoma de Extremadura e inscripción en el
correspondiente Registro de empresas socialmente responsables de la Comunidad Autónoma de Extremadura ). Estos
extremos se comprobarán documentalmente de oficio, salvo que exista oposición expresa de las solicitantes a que el órgano
gestor de las ayudas realice de oficio la comprobación, debiendo ser entonces aportadas las justificaciones de estos extremos
por las interesadas. Sólo se deberá marcar esta opción en aquellos casos en los que se solicite este incremento adicional de la
ayuda.

8.

CLÁUSULA DE PLAN DE IGUALDAD EN LA EMPRESA. En el caso de marcarse esta opción la solicitante asume las
condiciones exigidas (existencia de Diagnóstico de Situación, Plan de Igualdad definido e implantado, Comisión de Igualdad o
de Seguimiento y Evaluación constituida y alguna de las medidas del Plan ejecutada). Deberá justificarse documentalmente
mediante copia del Acta a que se refiere la letra f) del Aptdo. B.1 y la letra e) del Aptdo. C.1, del artº. 8.4.

9.

CLAUSULA DE INTEGRACIÓN COOPERATIVA. En el caso de marcarse esta opción, su acreditación se realizará mediante
la certificación recogida en la letra d), apartado A.1) del artículo 8.4 del Decreto de bases reguladoras. Sólo se deberá marcar
esta opción en aquellos casos en los que se solicite este incremento adicional de la ayuda.

10. MEMORIA JUSTIFICATIVA DE LA CREACIÓN DE EMPLEO. Deberán cumplimentarse todos los apartados.
11. RÉGIMEN DE OPOSICIONES. En su caso, deberá rellenarse un apartado por cada persona trabajadora o socia trabajadora
por cuyo puesto de trabajo se solicita la ayuda, que se oponga expresamente a que el órgano gestor obtenga información de
organismos públicos, con especial atención a la firma de cada una, así como a la casilla de oposición.

12. DECLARACIÓN RESPONSABLE. Deberá marcarse las casillas que corresponda en cada caso y rellenar las tablas asociadas
a las mismas.

13. El plazo del que dispone la Administración para resolver y notificar la resolución del expediente es de SEIS MESES
computados desde que la solicitud tenga su entrada en el Registro de documentos del Órgano competente para tramitar y
resolver la ayuda; en caso contrario, la solicitud se entenderá DESESTIMADA. Este plazo de SEIS MESES se suspenderá
cuando concurra las circunstancias previstas en el artículo 22 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

14. Las solicitudes de ayuda, acompañadas de la documentación que corresponda, se presentarán de forma preferente en el

Registro Auxiliar de documentos de la Consejería de Educación y Empleo, situado en el Paseo de Roma, s/n, Módulo C, 3ª
Planta de Mérida; en los Registros de los centros dependientes de esta Consejería; en los Centros de Empleo del Servicio
Extremeño Público de Empleo; y en los Registros de documentos de las Oficinas de Respuesta Personalizada, en los Centros
de Atención Administrativa de la Junta de Extremadura, o por cualesquier otro procedimiento de los establecidos en el artículo
16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.