Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2021050071)
Orden de 12 de mayo de 2021 por la que se convoca el procedimiento de admisión de personas adultas para cursar ciclos de Formación Profesional Básica del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso escolar 2021/2022.
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NÚMERO 93
Martes, 18 de mayo de 2021

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b) A
 creditación de la posesión de un contrato laboral que no le permita acudir a los centros
educativos en régimen ordinario.
c) A
 creditación de la condición de deportista de alto rendimiento. Deberá aportarse certificación del dictamen emitido por el órgano público competente.
2) R
 eserva de puestos escolares:
a) Personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33 %. Si la persona interesada otorga su consentimiento, la Consejería de Educación y Empleo recabará de oficio
la información que acredite la condición de discapacidad si el reconocimiento del grado
de discapacidad fue efectuado por los órganos correspondientes de la Comunidad Autónoma de Extremadura (CADEX), INSS u órgano equivalente. Si la persona presentadora
de la solicitud no otorgara su consentimiento para la consulta de ese dato, el criterio de
discapacidad del alumno, se acreditará mediante certificado del grado de discapacidad,
expedido por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura
o equivalente de cualquier otra comunidad autónoma o país de procedencia o, en su
caso certificación emitida por el I.N.S.S o equivalente para clases pasivas para las situaciones previstas en precitado artículo 4.2 del Real Decreto Legislativo, 1/2013, de 29 de
noviembre.
b) Para quienes acrediten disponer de un contrato para la formación y el aprendizaje en
vigor, copia del mismo.
3) C
 riterios de baremación establecidos en el anexo IV.
a) Certificación académica. La presentación de la solicitud por parte del interesado conllevará la autorización al órgano gestor para recabar la información académica en el sistema de Gestión Rayuela, si los méritos alegados según anexo IV, se hubiesen obtenido o
superados en centros sostenidos con fondos públicos de Extremadura en el año 2008 o
siguientes. En caso contrario, deberá aportar la documentación acreditativa.
b) A
 creditación de la experiencia laboral. Se realizará aportando uno de los siguientes documentos:


• Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la mutualidad laboral
a la que estuviera afiliado el solicitante, donde conste la empresa, la categoría laboral
(grupo de cotización) y el período de contratación o, en su caso, el período de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.



• Certificado de la empresa donde haya adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el periodo de