Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Protección Civil. Subvenciones.- (2021061060)
Resolución de 14 de abril de 2021, de la Secretaría General, por la que se establece para el ejercicio 2021, la convocatoria de subvenciones dirigida a la dotación de equipamiento y material a las agrupaciones locales de voluntariado de protección civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura
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NÚMERO 79
Miércoles, 28 de abril de 2021

21068

b) E
 n la sublínea “B” (Medios materiales y técnicos): los inherentes a la adquisición de
aquellos medios que las personas integrantes de las Agrupaciones Locales de Voluntariado de Protección Civil utilizan para el mejor cumplimiento de las funciones que
tienen atribuidas tales como, a título de ejemplo y sin que constituya “númerus clausus”, walkie talkies, linternas, silbatos, material de señalización, megáfonos, equipos
electrógenos, tiendas de campaña para primeros auxilios... o cualquier otro de análoga
naturaleza cuyas prestaciones estén directamente relacionadas con la protección civil y
las emergencias y ligadas a la finalidad de la presente sublínea de subvención.
3. Al objeto de optimizar la distribución de las correspondientes partidas presupuestarias,
las entidades locales solicitantes únicamente podrán optar, en el impreso normalizado de
solicitud que figura en el anexo, por una sola de las sublíneas convocadas.
Tercero. Financiación.
1. L
 as subvenciones contempladas en esta convocatoria se financiarán con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura de 2021, aprobados Ley
1/2021, de 3 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021 (DOE núm. 24, de 5 de febrero), contempla en su “Anexo de
Proyectos de Gastos”, en el Proyecto 20180147 “Subvención Elaboración Planes de Emergencia Municipal”, por un importe total de 60.000,00 euros, desglosados de la siguiente
manera:


• 40.000,00 euros en la aplicación Presupuestaria 120090000 G/116A/46000, fondos
CAG0000001, correspondientes a transferencias corrientes, destinados a sufragar la
Sublínea “A” (Vestuario).



• 20.000,00 euros en la aplicación Presupuestaria 120090000 G/116A/76000, fondos
CAG0000001, correspondientes a transferencias de capital, destinados a sufragar la
Sublínea “B” (Medios materiales y técnicos).

2. La cuantía total inicial de los créditos presupuestarios afectos a las referidas sublíneas de
subvención podrá ser incrementadas, antes de resolver la concesión de las mismas, en los
términos establecidos en la letra h) del artículo 23.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Compatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos.
1. En cumplimiento de la previsión realizada por el artículo 4 de la Orden de 10 de junio, la
concesión de las subvenciones previstas en esta resolución será compatible con cualesquiera otras que pudieran ser concedidas para la misma finalidad por otras Administraciones
Públicas o entidades públicas o privadas, siempre que el importe de las mismas no supere
el coste de la realización de la adquisición del equipamiento y/o material subvencionables.