Disposiciones Generales. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sanidad Animal.- (2021050052)
Orden de 9 de abril de 2021 sobre autorización y registro de transportistas y medios de transporte de animales vivos en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 72
Lunes, 19 de abril de 2021
19451
3. En todo caso, estarán obligados a presentar la solicitud a través de la sede electrónica
corporativa de la Junta de Extremadura las personas jurídicas, según lo establecido en el
artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
4. Las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, según lo establecido en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. Una vez cumplimentada, la solicitud podrá presentarse a través de la sede electrónica
corporativa de la Junta de Extremadura o en cualquiera de los registros de entrada de
documentos, Oficina de Respuesta Personalizada, Centros de Atención Administrativa o en
los lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que
se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del
mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en
cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6. En caso de que las circunstancias que motivaron las autorizaciones o la última renovación
de éstas no hayan sufrido modificaciones, se hará costar expresamente en la solicitud
mediante declaración responsable de tales hechos y por tanto no será necesario aportar
ningún tipo de documentación adicional a la solicitud.
En caso de que se hubiesen producido cambios en tales circunstancias, junto al modelo
normalizado de renovación se presentará el correspondiente a los cambios de circunstancias del apartado 1 del artículo 9.
Artículo 9. Solicitud de cambios de circunstancias.
Toda persona solicitante de las autorizaciones reguladas en esta orden deberá comunicar los cambios de las circunstancias consignadas instando las oportunas modificaciones en las autorizaciones
e inscripciones registrales en el plazo máximo de 10 días hábiles desde que se produzcan dichos
cambio, en el modelo normalizado adjunto como anexo IV , al Servicio de Sanidad Animal, de la
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura, a
través de los medios electrónicos habilitados a tal efecto en la Sede electrónica, https://sede.juntaex.es, utilizándose los sistemas de firma electrónica que permitan acreditar su identidad.
1. Estas solicitudes serán resueltas por quien ostente la Jefatura de Sección de Bienestar Animal, previas las comprobaciones oportunas, en el plazo máximo de tres meses. Transcurrido el mismo sin haberse dictado y notificado resolución expresa, las personas interesadas
podrán entender estimadas sus solicitudes.
Lunes, 19 de abril de 2021
19451
3. En todo caso, estarán obligados a presentar la solicitud a través de la sede electrónica
corporativa de la Junta de Extremadura las personas jurídicas, según lo establecido en el
artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
4. Las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, según lo establecido en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. Una vez cumplimentada, la solicitud podrá presentarse a través de la sede electrónica
corporativa de la Junta de Extremadura o en cualquiera de los registros de entrada de
documentos, Oficina de Respuesta Personalizada, Centros de Atención Administrativa o en
los lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que
se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del
mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en
cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6. En caso de que las circunstancias que motivaron las autorizaciones o la última renovación
de éstas no hayan sufrido modificaciones, se hará costar expresamente en la solicitud
mediante declaración responsable de tales hechos y por tanto no será necesario aportar
ningún tipo de documentación adicional a la solicitud.
En caso de que se hubiesen producido cambios en tales circunstancias, junto al modelo
normalizado de renovación se presentará el correspondiente a los cambios de circunstancias del apartado 1 del artículo 9.
Artículo 9. Solicitud de cambios de circunstancias.
Toda persona solicitante de las autorizaciones reguladas en esta orden deberá comunicar los cambios de las circunstancias consignadas instando las oportunas modificaciones en las autorizaciones
e inscripciones registrales en el plazo máximo de 10 días hábiles desde que se produzcan dichos
cambio, en el modelo normalizado adjunto como anexo IV , al Servicio de Sanidad Animal, de la
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura, a
través de los medios electrónicos habilitados a tal efecto en la Sede electrónica, https://sede.juntaex.es, utilizándose los sistemas de firma electrónica que permitan acreditar su identidad.
1. Estas solicitudes serán resueltas por quien ostente la Jefatura de Sección de Bienestar Animal, previas las comprobaciones oportunas, en el plazo máximo de tres meses. Transcurrido el mismo sin haberse dictado y notificado resolución expresa, las personas interesadas
podrán entender estimadas sus solicitudes.