Otras Resoluciones. Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental.- (2021060998)
Resolución de 25 de marzo de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación porcina promovida por Sirdam, SA, en el término municipal de Azuaga (Badajoz).
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 70

19107

Jueves, 15 de abril de 2021

El presente informe, se emite sólo a efectos ambientales y en virtud de la legislación específica vigente, sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos o autorizaciones legales
o reglamentariamente exigidas que, en todo caso, habrán de cumplirse.
Este Informe de Impacto Ambiental perderá su vigencia y cesará en la producción de los
efectos que le son propios si, una vez notificado, no se hubiera procedido a la autorización
del proyecto en el plazo máximo de cinco años.
Su condicionado podrá ser objeto de revisión y actualización por parte del órgano ambiental
cuando:
— Se produzca la entrada en vigor de nueva normativa que incida sustancialmente en el
cumplimiento de las condiciones establecidas en el mismo.
— Cuando durante el seguimiento del cumplimiento del mismo se detecte que las medidas
preventivas, correctoras o complementarias son insuficientes, innecesarias o ineficaces.
Este Informe de Impacto Ambiental no será objeto de recurso alguno, sin perjuicio de los
que, en su caso, procedan en vía administrativa o judicial frente al acto, en su caso, de
autorización del proyecto.
En aplicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de
alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 y del Real
Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma, el plazo máximo para resolver este procedimiento, así como los plazos concedidos a los interesados y los
previstos para los distintos trámites administrativos que se hubieren iniciado con anterioridad
a la declaración del estado de alarma y que no hubieran finalizado en aquel momento han
estado suspendidos desde el 14 de marzo de 2020 hasta el 1 de junio de 2020, fecha en que
se reanuda el cómputo de dichos plazos.
Mérida, 1 de febrero de 2021.
El Director General de Sostenibilidad,
JESÚS MORENO PÉREZ