Otras Resoluciones. Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Aprovechamientos Forestales. Subvenciones.- (2020061864)
Resolución de 24 de septiembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones destinadas a la transformación, movilización y comercialización de productos forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 53
Jueves, 18 de marzo de 2021

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no se apartará del sentido del mismo, y notificará a las personas interesadas mediante su
publicación en el DOE, y de forma adicional en el Portal del Ciudadano (http://ciudadano.
juntaex.es/web/portal/tramites), y en el de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural,
Población y Territorio. También ordenará su inserción en los tablones de anuncios de las
sedes de la Dirección General de Política Forestal en Badajoz, Cáceres y Mérida.
De forma complementaria, la administración, realizará comunicaciones a través de la plataforma LABOREO a aquellas personas que hayan realizado la solicitud mediante ARADO y
mediante “sms”, envío al correo electrónico consignado en la misma que así lo hayan hecho
constar en su solicitud. Dichas comunicaciones no tendrán la consideración de notificación,
a efectos del procedimiento.
La propuesta de resolución provisional contendrá la relación ordenada de aquellas personas para las que se propone la concesión de las subvenciones, hasta agotar el crédito
presupuestario previsto, así como la relación de aquellas para las que se propone su desestimación por haberse agotado dicho crédito, y la de aquellas por el incumplimiento de
los requisitos exigibles para obtener la condición de persona beneficiaria, señalados en la
normativa de subvenciones y en las bases.
Quienes no sean propuestas inicialmente por haberse agotado el crédito presupuestario
pasarán a conformar una lista de reserva que formará igualmente parte de la propuesta de
resolución, con la finalidad prevista en el apartado siguiente.
2. L
 as personas interesadas incluidas en la propuesta de resolución provisional podrán formular en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación,
las alegaciones que correspondan a la evaluación, importe, o cualquier otra circunstancia
relacionada con la referida propuesta, incluso el rechazo a la misma.
Cuando lo alegado verse sobre la discrepancia con la puntuación asignada, el órgano

instructor dará traslado de las mismas a la Comisión de Valoración que emitirá informe
vinculante.
El órgano instructor, a la vista del informe de la Comisión de Valoración, formulará propuesta de resolución definitiva al órgano competente para resolver.
3. L
 as propuestas de resolución provisional y definitiva no crean derecho alguno a favor de la
persona beneficiaria propuesta frente a la Administración, mientras no se haya dictado la
resolución de concesión de la subvención, y se haya notificado al mismo.