Otras Resoluciones. Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones.- (2021060383)
Resolución de 4 de febrero de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones de orientación y otras actuaciones de políticas activas de empleo para personas con discapacidad correspondiente al ejercicio 2021.
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NÚMERO 50

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Lunes, 15 de marzo de 2021

e) P
 ersonal de apoyo para el programa: De acuerdo con lo estipulado en el artículo 5.1 a)
apartado a.1 de la Orden de 17 de noviembre de 2020 se estima necesaria una persona
de apoyo con un coste salarial máximo de 22.589,98 €.
f) Subvención para gastos de dietas y desplazamiento: El importe de las dietas o gastos de
desplazamientos no podrá ser superior al que la Junta de Extremadura establece en el
Decreto 287/2007, de 3 de agosto, de indemnizaciones por razón de servicio y podrán
imputarse al proyecto siempre que las mismas tengan como destino u origen las localidades pertenecientes a los Centros de Empleo asignados a la entidad en la resolución.
El límite máximo de dichos gastos será de 7.718,05 € de acuerdo con el artículo 10.1.b)
de la Orden de 17 de noviembre de 2020.
g) Gastos generales por un importe máximo de 15.436,11 € con el límite establecido en el
artículo 10.1.c) de la Orden de 17 de noviembre de 2020.
3. El período de ejecución de las acciones, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 17 de
la Orden de 17 de noviembre de 2020, es de 12 meses contados a partir del día siguiente
de la notificación de la resolución de concesión de las subvenciones.
Duodécimo. Eficacia y recursos.
La presente convocatoria surtirá efectos el día siguiente al de su publicación y del extracto, a
que se refiere el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de
la presente resolución, ante la Consejera de Educación y Empleo en virtud de lo dispuesto en
los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estime oportuno, según el artículo 88.3 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre.
Mérida, 4 de febrero de 2021.
El Secretario General de la Consejería de
Educación y Empleo.
(P.D. Resolución de 29 de octubre de 2020.
DOE núm. 214 de 5 de noviembre de 2020.)
El Secretario General del Servicio Extremeño
Público de Empleo,
VICTOR MANUEL GARCIA VEGA