Disposiciones Generales. Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Fondos Europeos.- (2021DE0004)
Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 45
Lunes, 8 de marzo de 2021

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2018 en un proyecto piloto de Capacitación Administrativa para preparar el programa post
2020 financiado por la DG REGIO con fondos FEDER, cuya ejecución está a cargo de la Organización para el Desarrollo Económico y la Cooperación (OCDE).
El proyecto piloto tiene como objetivo general probar un nuevo enfoque para apoyar el fortalecimiento de la capacidad administrativa de las autoridades de gestión de los Fondos Estructurales y de Inversión. Entre las conclusiones del proyecto se contemplaba la necesidad
de crear una red formal de gestores de FEDER que permita favorecer el intercambio de información, ofrecer continuidad y mejorar la gestión del conocimiento a lo largo del tiempo, así
como profesionalizar la gestión del FEDER mediante la formación del personal y la puesta a
su disposición de las herramientas adecuadas.
En la línea de lo indicado anteriormente, la disposición adicional decimotercera de la Ley
1/2021, de 3 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2021 establece la habilitación para que la Junta de Extremadura implementará
las medidas organizativas que sean necesarias para la mejora en la gestión y ejecución de
los nuevos instrumentos comunitarios 2021-2023. Para ello se reforzarán las capacidades
humanas, materiales y organizativas de los centros directivos competente responsables de
la programación, gestión, ejecución y control, a través de una estructura adecuada y con la
adopción de las medidas administrativas necesarias. En la aprobación de las estructuras se
adoptaran las medidas organizativas de carácter especial que sean necesarias, con independencia de las previsiones establecidas en la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En la misma línea, se activarán
al máximo las entidades u organismos públicos con capacidad de ejecución ágil y eficiente,
notablemente los llamados medios propios de la administración.
A nivel reglamentario, en desarrollo de las previsiones estatales y de la Ley 1/2021, de 3 de
febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2021,
se aprobó el Decreto 8/2021, de 17 de febrero, por el que se establecen medidas de coordinación para la planificación, gestión y ejecución de Fondos Europeos.
Referido decreto tiene por objeto establecer la estructura de gobernanza en Extremadura de
las formas de intervención cofinanciadas con los fondos de la Unión Europea, tanto los estructurales y los de cohesión como otros instrumentos financieros no estructurales establecidos
por la Unión Europea, a excepción del FEAGA.
Además, en el mismo se crea la Comisión de Fondos Europeos como órgano de apoyo a la
coordinación de los programas y proyectos europeos a gestionar por la Junta de Extremadura, sus Organismos Autónomos y Entes Públicos cofinanciados con los fondos de la Unión
Europea, tanto los estructurales y los de cohesión como otros instrumentos financieros no
estructurales establecidos por la Unión Europea, a excepción del FEAGA.